Ya es oficial. Desde este martes, el Boletín Oficial del Estado, día en que se publicó la Orden que establece que el todas las poblaciones de lobo ibérico (Canis lupus) dejan de ser una especie cinegética y, por tanto, pasan a formar parte del LESPRE, está prohibida su caza.

 

¿Qué implica?

La evaluación periódica del estado de conservación del lobo ibérico, mayores garantías para sus poblaciones, como medidas que van desde la información sobre los sistemas de control de capturas a planes de recuperación, así como el desarrollo e implantación de una nueva estrategia de conservación y gestión de la especie en España antes del 31 de diciembre de 2021.

A partir de ahora, la inclusión en el LESPRE hará que perseguir a un lobo sea un delito tipificado en el artículo 334 del Código Penal, con una pena de prisión que puede ir de seis meses a dos años, una multa de ocho a 24 meses y la inhabilitación especial para profesión u oficio y para el ejercicio del derecho de cazar o pescar de dos a cuatro años. Por tanto, quedaría sancionada su muerte, su comercio o captura, entre otras cosas.

Las organizaciones ambientalistas han acogido satisfactoriamente la Orden del Gobierno, ya que lo consideran un avance para la conservación de este animal y para el equilibrio de los ecosistemas de nuestro país.

 

 

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