El Departamento Ejecutivo municipal recordó a las agrupaciones políticas la vigencia de la Ordenanza 5694, tal como se realizó en los años 2017, 2019 y 2021, tanto para las Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) como para las elecciones generales.
De cara al proceso eleccionario, se informó que se dará estricto cumplimiento a lo establecido en la norma, que regula la accesibilidad urbana y la ocupación del espacio público con fines publicitarios, comerciales y promocionales, entre otros.
La ordenanza determina que quedan prohibidos los anuncios de publicidad que se realizan por medio de columnas o estructuras de soporte emplazadas en la vía pública. Tampoco se pueden colocar en árboles, postes de señalización o de servicios, ya sean de propiedad pública o privada, o por medio de columnas, carteleras o pasacalles, entre otros.
Este tipo de cartelería genera no sólo una importante contaminación visual sino que también pone en riesgo la integridad física de las personas por lo que, en caso de infringirse la normativa, serán retirados.
La disposición establece además, la prohibición en sitios públicos de anuncios visuales y sonoros a través de micrófonos, altavoces y otros sistemas electrónicos.

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