La denuncia judicial presentada por los ministerios de Seguridad y Justicia – en forma conjunta con la AFIP – dejan en principio sin sustento los argumentos de los ex funcionarios macristas. La presentación califica como “ilegal” el envío de armamento y municiones y requiere que se investigue a quienes intervinieron por las posibles comisiones de los delitos de contrabando agravado. Aquí, los detalles de la presentación.

Las cartas están sobre la mesa y los detalles son contundentes. Una larga lista de ex funcionarios del gobierno de Cambiemos, incluidos Mauricio Macri y sus ex ministros Patricia Bullrich, Oscar Aguad y Jorge Faurié, deberán dar explicaciones. También deberán hacerlo el ex embajador en Bolivia Normando Álvarez García, el ex director General de Aduanas Jorge Dávila y el ex director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) Eugenio Cozzi; además de los ex directores de la Gendarmería Nacional Gerardo José Otero, Rubén Carlos Yavorski y Carlos Miguel Recalde.

La denuncia de los ministerios de Seguridad y Justicia en forma conjunta con la Afip desmonta el argumento esgrimido por los ex funcionarios macristas: que el envío estaba destinado a incrementar la seguridad de la Embajada Argentina Bolivia y confirma – mediante documentos internos de las embajada argentina en La Paz – la veracidad de la nota de agradecimiento que le envió el ex general de la Fuerza Aérea Boliviana Jorge Gonzalo Terceros Lara al ex embajador Álvarez García.

“Parte del material enviado fue desviado y puesto a disposición de la dictadura boliviana, tal como surge de los hechos y documentos”, consigna la presentación penal. Destaca, además, que “el material tuvo como destino final a las fuerzas armadas que días antes habían derrocado el gobierno constitucional del entonces presidente Evo Morales”. El texto destaca que que días después del envío se cometieron múltiples violaciones a los Derechos Humanos, como las masacres de Sacaba y Senkata.

En síntesis: no se trató de cualquier tipo de contrabando, “sino de uno que tuvo como fin reforzar la capacidad de acción de fuerzas armadas que se habían levantado sediciosamente en armas contra un gobierno constitucional”, señala la denuncia.

Los detalles de la maniobra

La primera documentación que refleja el envío es una autorización de salida temporaria requerida por la Gendarmería a la ANMAC, el organismo encargado de fiscalizar el material en nuestro país y autorizar su salida, incluidas las balas de goma – referenciadas como “cartuchos AT 12/70” y conocidos como AT: Anti Tumulto – y las granadas de gas, material al que hace referencia la nota de agradecimiento del Terceros Lara. La maniobra, sin embargo, podría haber comenzado varios días antes su concreción.

Así lo sugieren una larga lista de hechos que la presentación califica como “llamativos” y solicita que sean investigados. Uno de ellos es la resolución del ex director ejecutivo de la ANMAC Eugenio Horacio Cozzi que modificó el 7 de noviembre de 2019 la regulación de la agencia para la salida definitiva o temporaria de materiales controlados, el instituto legal bajo el cual luego se ejecutó la salida del material.

El expediente que originó la modificación esta datado el 24 de octubre de 2019. Su objetivo: modificar una disposición de 2011 que no distinguía si el solicitante de una salida temporaria era un particular o una fuerza de seguridad, razón por lo que establecía requisitos uniformes para todos los casos. Sin embargo, en forma imprevista, Cozzi agregó una nueva distinción: “Cuando la salida temporaria fuera solicitada por una de las Fuerzas Armadas o de Seguridad para la custodia en misiones oficiales, se requerirá la nota detallando el material y la nómina del personal, debiendo encontrarse el material registrado en esta ANMAC”. Más que conveniente y sugestivo.

Según la denuncia, “el agregado evidencia la vinculación de la resolución con los hechos denunciados”. La razón: Cozzi flexibilizó los requisitos al eliminar las exigencias de informar la aduana de ingreso y egreso interviniente, como así también las escalas en otros países si las hubiere. En otras palabras: “Omite exigir información sensible, que tiene que ver con restar facultades de fiscalización tanto a ANMAC como a otros organismos”, puntualiza el texto.

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No es todo. Solo cuatro días después, 11 de noviembre, el entonces comandante mayor Director de Logística de Gendarmería Rubén Carlos Yavorski, cumpliendo una orden del ex Director Nacional de la Gendarmería Gerardo José Otero, envió una nota a la ANMAC pidiendo que se autorice el uso del material y el equipamiento al personal de la Agrupación Fuerzas Especiales Alacrán de la Gendarmería estacionado en Bolivia. La finalidad declarada: brindar “seguridad y protección del señor embajador, su residencia, las instalaciones diplomáticas, como así también al personal que se encuentre dentro de la misma”.

Ese mismo día, la ANMAC autorizó a que Gendarmería concretara la salida. El listado de armas es inusual: 10 pistolas semiautomáticas, 2 escopetas de repetición, 5 carabinas automáticas, 2 ametralladoras, 2 fusiles de repetición, 12 chalecos antibalas, 12 cascos balísticos, 2 escudos balísticos, 2 visores nocturnos y 8.820 municiones de distintos calibres – de las cuales 3.600 eran calibre 12-70 -. La denuncia agrega que “ni el pedido ni la autorización cumplían con la justificación de las fundadas razones para la ampliación del cupo de 1.000 municiones que establece la regulación de las salidas temporarias aprobada por la propia ANMAC”.

La urgencia del gobierno de Macri por brindar apoyo a los golpistas es evidente. Un día después, el 12 de noviembre, el mismo día en que se produjo la sesión legislativa que validó la ilegítima toma del poder por parte Jeanine Áñez, la Gendarmería – nuevamente con la firma de Yavorski – presentó ante la ANMAC otro llamativo pedido. Esta vez para ampliar el material autorizado. Por un lado, 70.000 cartuchos anti-tumultos marca Fabricaciones Militares y 100 spray de gas pimienta. “El contenido en la ampliación coincide justamente con el tipo de material que habría sido recibido por las fuerzas armadas bolivianas, de acuerdo a la carta enviada al entonces embajador argentino”, subraya la denuncia.

De ese pedido de ampliación, de los registros de la ANMAC surge únicamente la autorización a los 70.000 cartuchos anti-tumultos, nuevamente sin la justificación por la ampliación del cupo. En cuanto a las granadas de gas, si bien es material controlado, la presentación judicial destaca que no consta en los registros de ANMAC ninguna autorización de salida, ni tampoco expediente alguno por el cual se haya dado curso al pedido. En pocas palabras: la salida temporaria de las granadas jamás fue autorizada ni tramitada por la ANMAC.

Un embarque a media noche

Según los registros del Ministerio de Defensa, el material se trasladó a Bolivia en un Hércules C-130 de la Fuerza Aérea y el despegue se produjo veinte minutos antes de la medianoche del 12 de noviembre desde el aeropuerto de El Palomar. De los documenros aduaneros surge que el vuelo transportó armas, municiones y materiales antidisturbios, según el siguiente detalle:

• PISTOLA GLOCK 9MM, 9 (nueve) unidades
• PISTOLA BERETTA 92FS, 1 (una) unidad
• ESCOPETA BENELLI MOD M3, 2 (dos) unidades
• FUSIL COLT M4, 5 (cinco) unidades
• ESCOPETA FRANCHI SPAS 15, 1 (una) unidad
• SUBFUSILES MISSION, 5 (cinco) unidades
• AMETRALLADORA FN MAG 7,62, 2 (dos) unidades
• FUSIL REMINGTON 700MDT, 1 (una) unidad
• FUSIL REMINGTON 700 M24, 1 (una) unidad
• CHALECOS ANTIBALAS RB3, 9 (nueve) unidades
• CHALECOS ANTIBALAS AANTAJ RB3, 3 (tres) unidades
• CASCOS BALISITICOS MICH 2000, 3 (tres) unidades
• CASCOS REVISION RB3, 9 (nueve) unidades
• VISOR NOCTURNO, 2 (dos) unidades
• VISOR NOCTURNO MONOCULAR, 2 (dos) unidades
• MUNICIONES 9MM, 2.459 (dos mil cuatrocientos cincuenta y nueve) unidades
• CARTUCHOS 12,70MM PG, 2.250 (dos mil doscientos cincuenta) unidades
• CARTUCHOS 12,70MM AT, 71.350 (setenta y un mil trescientos cincuenta) unidades
• CARTUCHOS 7,62 MM, 2.011 (dos mil once) unidades
• CARTUCHOS 5,56 MM, 750 (setecientos cincuenta) unidades
• ESCUDOS PROTT RB3, 2 (dos) unidades
• DETECTOR DE METALES, 1 (una) unidad
• MANTA ANTIBOMBA, 1 (una) unidad
• SPRAY GAS LACRIMONEGO, 100 (cien) unidades
• GRANADA GAS CN, 61 (sesenta y un) unidades
• GRANADA GAS CS, 160 (ciento sesenta) unidades
• GRANADA GAS HS, 360 (trescientos sesenta) unidades

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Las irregularidades son muchas. Según los documentos complementarios al permiso de embarque expedido por la Aduana sugiere que las granadas de gas CN, CS y HS – que no contaban con la autorización de la ANMAC – no fueron embarcadas, ya que solo se hace referencia a 177 bultos, que se supone debieron incluir las granadas. Conclusión: hay una presunta salida de un material que no había sido autorizado: las 581 granadas en total. Un número menor a las 661 que indicaba la solicitud de Gendarmería a la ANMAC, y que el organismo nunca tramitó ni autorizó.

Tres días después del embarque, se disparó una activa y directa participación de la ex ministra Bullrich. Fue cuando autorizó, el 15 de noviembre, la partida de once gendarmes con destino a La Paz mediante una resolución que se publicó cuando los gendarmes llevaban ya dos días en Bolivia. El período de la autorización: del 12 de noviembre de 2019 al 12 de enero de 2020. La firma se realizó sin dictamen jurídico de Gendarmería ni del Ministerio de Seguridad. Tampoco consta una solicitud formal de la Cancillería.

Según la denuncia, “queda claro que Patricia Bullrich tenía un interés directo y activo en la maniobra de desvío del armamento, que fue transportado por el personal que ella, personal y velozmente, se encargó de autorizar a salir del país”.

¿Era veraz la información sobre la finalidad con la que la exportación “temporaria” del material controlado fue solicitada y autorizada? ¿Se cumplieron con los requisitos de exportación temporaria del total del material controlado, en particular, de las granadas de gas? Al decir de la presentación judicial, ninguna de los interrogantes pueden resolverse por la afirmativa.

La adulteración de la finalidad declarada lo probaría la nota firmada por el general Terceros Lara dirigida al ex embajador Álvarez García. La nota donde manifiesta su agradecimiento por la colaboración prestada y que detalla el material aportado:

• CARTUCHOS AT 12/70, 40000 (cuarenta mil) unidades
• GASES LACRIMÓGENOS EN SPRAY MK-9, 18 (dieciocho) unidades
• GASES LACRIMÓGENOS EN SPRAY MK-4, 5 (cinco) unidades
• GRANADA GAS CN, 50 (cincuenta) unidades
• GRANADA GAS CS, 19 (diecinueve) unidades
• GRANADA GAS HS, 52 (cincuenta y dos) unidades

El listado concuerda en calidad y cantidad con parte del material bélico detallado por la Aduana. “La exportación temporaria fue autorizada con una finalidad específica como era la de brindar seguridad a la Embajada Argentina, situación que no contempla la entrega de las armas o municiones a la Fuerza Aérea Boliviana para su uso a discreción”, recuerda la denuncia para concluir que “existe una palmaria discrepancia entre la finalidad específica para la cual fue autorizada la exportación y su aparente posterior uso en el país de destino por parte de una fuerza armada extranjera”.

La veracidad de la nota

La autenticidad de la nota de agradecimiento está fuera de duda. No solo la confirmó el ministro de Defensa de Bolivia, Edmundo Novillo, quien precisó que tiene en su poder la carta original. Además, la sede diplomática argentina corroboró la existencia de un registro informático que demuestra que un sobre cerrado de la Fuerza Aérea Boliviana entró a la representación y que estaba destinado al ex embajador Álvarez García. La carta quedó asentada en el sistema interno con fecha 14 de noviembre de 2019. ¿El título de referencia?: “AGRADECIMIENTO POR MATERIAL BÉLICO DONADO POR ARGENTINA”.

La maniobra para encubrir el desvío queda al descubierto también por las propias autorizaciones otorgadas por la Policía Boliviana para utilizar el material y los equipos solicitados por la embajada Argentina, que no se corresponden en cantidad y calidad con las autorizaciones solicitadas por la Gendarmería en los trámites locales: 3.600 “Cartuchos CAL 12/70” – de los cuales 2.250 serían cartuchos PG y 1.350 cartuchos AG -. El número dista de los 70.000 que la Gendarmería informó a la ANMAC y a la Aduana para destinarlos a la protección de la embajada. Como si fuera poco, ninguna de las autorizaciones otorgadas por la Policía Boliviana incluye las granadas de mano ni el spray antitumulto.

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La maniobra de ocultamiento

El desvío y la concreción del contrabando se vería corroborado por el intento de ocultarlo. El entonces comandante mayor Director de Gendarmería Carlos Miguel Recalde emitió una nota en la que se indica que para “mantener y acrecentar las capacidades, se realizaron ejercicios de entrenamiento y prácticas de tiro con el armamento que fuera llevado en la comisión”. Sostiene que en las prácticas “se emplearon 70.000 cartuchos calibre 12,70 MM” e informa que regresó al país la totalidad del armamento que se transportó Bolivia mediante la autorización que permitió la salida temporaria.

El “consumo” de los 70.000 cartuchos anti-tumulto, con los que supuestamente se habrían realizado los ejercicios de entrenamiento y las prácticas de tiro, resulta no solo contradictorio con los motivos denunciados para la salida del material, sino también que es incoherente con un entrenamiento en el exterior con semejante cantidad de “balas de goma”. La incoherencia es todavía mayor: el Grupo ALACRAN es un Grupo de Operaciones Especiales de Gendcarmería que no está entrenado ni preparado para operativos antidisturbios. Los único autorizados son los Destacamentos Móviles Antidisturbios de la fuerza.

Finalmente, mediante un despacho de importación de la Aduana de La Quiaca, se declaró la reimportación de la totalidad del saldo de lo exportado temporariamente. La excepción fueron las municiones supuestamente usadas en las prácticas de tiro, pero incluyendo las granadas marcadas como no embarcadas en el vuelo que partió de El Palomar, además de un saldo de 1.350 cartuchos calibre 12,70 MM A/T. En cuanto a los gases lacrimógenos exportados temporalmente – que se declararon reimportado -, la Fuerza Aérea Boliviana manifiesta haber recibido parte de ellos. Conclusión: de comprobarse la entrega, las cantidades reimportadas difieren con las exportadas con carácter temporario.

Respecto a las granadas GAS CN, CS y HS, queda claro que hubo, de un modo u otro, una adulteración en la información aportada a la Aduana. La denuncia baraja dos hipótesis. Ambas delictivas. La primera: que el material salió del país en forma contraria a lo informado a la Aduana al momento del embarque. La hipótesis más plausible. Se condice con la carta de agradecimiento recibida en la embajada argentina. Si se da por cierto que el material no salió – lo cual aparece como altamente improbable -, habría existido un falseamiento de información al notificar su reingreso al país, en donde se incluyeron las granadas como material reingresado.

“Estas discrepancias, sumadas al resto de la evidencia aportada, corrobora la hipótesis del desvío de ese armamento para un fin no declarado: el apoyo material a la represión perpetrada por la dictadura de Áñez – enfatiza la denuncia -. Parece claro que las diferencias entre lo declarado y la realidad no fueron un mero error, sino un ardid planificado para ocultar una maniobra que convertía a sus autores en partícipes necesarios de delitos contra el orden constitucional de Bolivia y que implicaba graves vulneraciones a los derechos humanos del pueblo boliviano”.

En síntesis: para Macri era sustancial eludir la participación del Congreso en la aprobación de la salida de las fuerzas y el material, tal y como lo establecen la Constitución y las leyes reglamentarias. De haberlo hecho hubiera evidenciado su colaboración con el golpe de estado y, de ese modo, no habría alcanzado su objetivo de colaborar con el régimen de facto. Los involucrados – concluye la denuncia – además de violar normas argentinas, también habrían incumplido con el Tratado sobre el Comercio de Armas, que prohíbe el envío de material bélico a un Estado que atraviesa la situación que en ese entonces se constataba en Bolivia, y la Convención sobre Derechos y Deberes de los Estados, que prohíbe a los países intervenir en los asuntos internos de otras naciones”.

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