La Justicia porteña embargó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) para que le garantice el derecho a la vivienda a un adulto mayor en situación de calle. Es por una causa en la que el juez Víctor Trionfetti ya había ordenado al Gobierno que otorgue un subsidio habitacional a la persona, pero la administración porteña dejó de abonar la suma de 120 mil pesos y ahora el juez trabó el embargo para garantizar el cumplimiento de la medida cautelar.

El fallo original del titular del Juzgado N°15 de primera instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad se remonta a fines del mes de febrero de este año. Allí había dictado una medida cautelar en la que ordenaba al GCBA que «arbitre los medios necesarios a fin de que, en el término de dos días, otorgue al señor H.R.C la reincorporación al Subsidio Habitacional que percibía con anterioridad al inicio de la presente acción o, en su caso, le otorgue una solución habitacional que garantice sus derechos constitucionales y convencionales«.

Esa resolución marcaba un precedente importante, ya que le ordenaba a la administración porteña garantizar el derecho a la vivienda de un adulto mayor en situación de calle, más allá de los paradores y hoteles a los que suele derivarlos habitualmente. En ese entonces el juez fijó el monto a abonar en 40 mil pesos mensuales, aunque luego lo aumentó a 80 mil y el demandante consiguió con ese dinero alquilar al menos una habitación en un hotel del barrio de Flores.

En junio, sin embargo, H.R.C denunció en la causa el incumplimiento de la medida cautelar al asegurar, primero, que el GCBA había dividido en dos cuotas de 40 mil el pago del mes. Según se lee en el escrito presentado por la representación del adulto mayor, H.R.C «tuvo que solicitar apoyo de amigos para poder costear el coste del alquiler de su vivienda para no quedar en situación de calle porque vence el 10 de cada mes».

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En julio, en tanto, la situación empeoró cuando la parte demandante notificó que había recibido sólo una cuota de los 80 mil, mientras que en agosto el hombre no recibió ningún pago. Así las cosas, solicitaron el embargo «inmediato y urgente» de un total de 120 mil pesos, 40 mil por el mes de julio y 80 mil por el mes de agosto para que H.R.C «pueda pagar en plazo su habitación de hotel para no quedar en situación de calle«.

Luego de intimar sin éxito al GCBA para que efectúe el pago de la diferencia, el juez Trionfetti volvió a fallar en favor del adulto mayor y decidió otorgar el embargo de los 120 mil pesos que el Gobierno decidió no pagar. Sobre la conducta del Ejecutivo porteño, el juez sostuvo en el nuevo fallo que «pese al tiempo trascurrido aún no cumplió con lo resuelto oportunamente, ni acreditó cumplimiento alguno» y agregó que «ni siquiera ha dado cumplimiento aún al informe socioambiental ordenado en la causa ni la constante invocación de cuestiones de índole netamente administrativas».

Según consta en la causa, la defensa del GCBA se basó en argumentar que sí abonó los 40 mil pesos mensuales fijados inicialmente y en pedir al adulto mayor en situación de calle que «para poder realizar el ajuste correspondiente» se acerque a la sede del Programa «Vivir en Casa» para presentar las facturas de alquiler de marzo, abril y mayo, además de su certificado de domicilio.  

Jonatan Baldiviezo, abogado de la causa, destacó que, con la medida cautelar, «se reconoció que la política del GCBA de hacinar personas mayores en Centros de Inclusión tercerizados no respeta el derecho a una vivienda digna«. «La política es contratar a una Asociación Civil o Fundación, quien se encarga de gestionar el hotel o inquilinato a cambio de una contraprestación otorgada por el GCBA por persona», detalló el abogado, titular del Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC)

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Desde el ODC agregaron, en tanto, que «en estas piezas de hoteles se comparte una habitación con cuatro o cinco personas dependiendo del día. No cuentan con intimidad ni con la posibilidad de poder guardar sus herramientas o enseres y esto resulta un obstáculo para poder retomar su vida laboral activa». «No permiten a la persona mayor elegir su lugar de residencia y dónde y con quién vivir, viven hacinados en una habitación siendo forzados a convivir con quienes el GCBA impone y los reglamentos y pautas de estos Centros de Inclusión Social obligan a las personas mayores a vivir con arreglo a un sistema de vida específico», añadieron.

En su fallo, en tanto, Trionfetti sostuvo que la prestación del GCBA debe asegurar «un auxilio cierto, concreto y suficiente para el acceso a un alojamiento que reúna condiciones dignas de habitabilidad».

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