La Dirección de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de La Plata realizó actuaciones de oficio contra la plataforma de streaming y diversos planes de ahorro para la compra de autos que actúan en la ciudad, por imponer cláusulas abusivas para consumidores y usuarios. Tras varios reclamos, el organismo local dictó una medida preventiva para que Netflix se abstenga y cese de manera inmediata las cláusulas abusivas y apuntó contra varias concesionarias a por imponer seguros a los compradores y aumentos de cuotas de manera irregular.

«En lo que respecta a Netflix, el 22 de agosto, cuando cambiaron los términos de uso, se efectuaron diversas denuncias en la oficina, debido a que sus cambios fueron totalmente arbitrarios y vulneran la libertad de elección del consumidor”, explicó al respecto la titular del área Comunal, Rosario Mendoza Peña.

En ese sentido, desde la Dirección se envió una notificación escrita y la empresa tiene cinco días hábiles para adecuarse a la medida ordenada o plantear qué medidas tomará.

Cabe destacar que en virtud de las nuevas modificaciones que implementó la plataforma, se prohíbe utilizar la cuenta del usuario y su contraseña fuera de la casa del consumidor, violando la ley de protección de datos personales.

Según precisaron desde Defensa del Consumidor, durante el año 2022 también recibieron más de 50 denuncias por cláusulas abusivas contra diferentes Planes de ahorro para la compra de autos que se ofrecen en la ciudad.

En las denuncias, los usuarios manifestaron que una vez conformado el contrato de adhesión entre el consumidor y la empresa oferente, se imponía que eligieran entre 5 aseguradoras y contraten un seguro.

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Esta situación se considera una cláusula abusiva ya que la ley de Defensa del consumidor propone que las condiciones siempre deben facilitar los pasos a los consumidores, usuarios y, por otro lado, limitan la libre elección y la libertad de contratación, en este caso concreto, de seguros”, explicaron desde el área.

Es válido resaltar que la multa para las aseguradoras que no cumplan con lo ordenado alcanza hasta los cinco millones de pesos, según lo estipule el juez de faltas conforme al artículo 49 de la ley nacional 24.240.

“En la aplicación y graduación de las sanciones previstas en la ley, se tendrá en cuenta el perjuicio resultante de la infracción para el consumidor o usuario, la posición en el mercado del infractor, la cuantía del beneficio obtenido, el grado de intencionalidad, la gravedad de los riesgos o de los perjuicios sociales derivados de la infracción y su generalización, la reincidencia y las demás circunstancias relevantes del hecho”, finalizaron

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