Esta fecha marca el fin de la veda para la pesca de pejerrey en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires. Esta medida se aplica año tras año, con el fin de proteger a la especie durante el período de mayor actividad reproductiva.

Desde el 1° de septiembre y hasta el 1° de diciembre, según lo establece la Disposición Nº 89/08, se da cumplimiento a las medidas de protección, a fin de preservar y conservar la población del pejerrey y su actividad reproductiva en los ambientes acuáticos interiores provinciales.

El 1° de diciembre marca el fin de la veda para la pesca de pejerrey en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires. Esta medida se aplica año tras año, con el fin de proteger a la especie durante el período de mayor actividad reproductiva.

El fin de la veda contempla toda realización de competencia deportiva que se relacione con la pesca del pejerrey y las actividades de pesca comercial en ambientes de aguas interiores provinciales.

La práctica de la pesca deportiva y recreativa de pejerrey, puede estar regulada en casos particulares según las condiciones en la que se encuentre el espejo de agua, condicionando el número máximo de piezas a extraer por pescador y por día, así como la navegación. Es importante conocer y respetar estas restricciones a fin de dar sustentabilidad a esta actividad.

Cabe recordar que para realizar dicha práctica se debe obtener la licencia, que se reglamenta por la Ley Provincial de Pesca Nº 11477 (art. 21), la cual se tramita a través de la página del Ministerio de Asuntos Agrarios.

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