La justicia ordenó la inmediata libertad por falta de pruebas del financista croata Ivo Rojnica en el marco de la causa en la que se lo investiga como presunto líder de una asociación ilícita dedicada desde 2018 al lavado de activos provenientes del narcotráfico y el contrabando, informaron este jueves fuentes judiciales.

La decisión fue adoptada por el juez Marcelo Martínez de Giorgi, luego de que la semana pasada la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal anuló los procesamientos de primera instancia y le devolvió la causa para que dicte un nuevo fallo.

Según las fuentes, el procesamiento había sido dictado el 8 de noviembre pasado por el juez federal de Lomas de Zamora, Federico Villena, quien en esa oportunidad -tras su decisión- declinó su competencia en favor de su colega porteño Martínez de Giorgi.

Para este último, «la medida que mejor se ajusta a la situación procesal en la que se encuentran» Rojnica y los otros imputados, «teniendo en cuenta el extenso y complejo hecho» y «las pruebas que se encuentran en curso», es declarar la «falta de mérito para procesar o sobreseer a los causantes».

En un fallo de 17 páginas al que accedió Télam, De Giorgi consideró las medidas de pruebas pendientes «permitirán determinar con mayor exactitud sus participaciones en los hechos investigados, así como las responsabilidades que puedan atribuírseles».

Es que para la Cámara de Apelaciones al fallo de Villena le faltó fundamentación y sostuvo que «aun cuando la lectura de los indicios reunidos abona las sospechas sostenidas por el juez, se observa que en el pronunciamiento no se ha seguido el mismo rigor técnico a la hora de su valoración».

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Para los camaristas Eduardo Farah, Martín Irurzun y Roberto Boico, «concretamente, lo que exhibe la decisión examinada es un apresuramiento en su dictado que impidió conectar debidamente toda la información hasta entonces reunida con la actividad llevada a cabo por cada uno de los imputados y con las exigencias típicas de los ilícitos por los cuales habría de procesárselos».

«A partir de todo lo apuntado, habrá de declararse su nulidad y encomendarse al juez que, teniendo presentes las objeciones advertidas y examinando los hechos y sus constancias de manera integral -tanto de esta causa como de sus conexas- emita un nuevo pronunciamiento que resuelva las situaciones procesales de los indagados con la celeridad que el caso requiere», se indicó.

A su vez, la Cámara también anuló el embargo por 100 mil millones de pesos, aunque mantuvo la inhibición de bienes fijada en su momento por Villena.

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