Page Loader

Justicia aplica reparación integral y el Estado recupera fondos en causas que arrastraba hace 20 años

Tanto por inédita como por creativa, un trabajo conjunto de Fiscalía, Tribunal Oral, Aduana y AFIP, halló una solución alternativa para poner fin a 20 años de un litigio interminable con, al menos, un criterio que privilegió el recupero de activos para el Estado.

Una madeja de 18 causas judiciales iniciadas entre 2003 y 2006 por maniobras reiteradas de subfacturación de importaciones y facturación fraguada para evadir aranceles aduaneros tuvo su conclusión con lo que se denomina “reparación integral del daño” que permitió, a través de una dura negociación encabezada por el Ministerio Público Fiscal y con una modificación reglamentaria que impedía aplicar una norma del Código Penal, recuperar u$s 800 mil en un solo pago. Sin fecha de inicio para un juicio oral, con tres imputados de avanzada edad que no tenían expectativa de cumplir pena en la cárcel y ante un escenario de apelaciones inconducentes, el sistema judicial en el fuero penal económico dio una respuesta inédita que podría sentar jurisprudencia si se cumplen los requisitos legales.

El caso “Gadaleta” fue la denominación de una serie de expedientes icónicos en materia de delitos penal económicos de los albores del siglo. La maniobra era compleja pero los acusados se valieron de certificaciones apócrifas para poder evadir una serie de aranceles diferenciados que existían, por ejemplo, para la importación de CD y DVD vírgenes, además de autopartes de motos y juguetes que ingresaban al país, no solo subfacturados, sino vía terceros para lograr beneficio económico.

Algunas denuncias ya se conocían en el ambiente aduanero desde fines de los años ´90. Los tres imputados que estaban en situación de ir a juicio ahora tenían 86, 83 y 82 años respectivamente. Tras un largo recorrido de apelaciones, todavía no había una fecha para que estuvieran sentados en el banquillo. Se habían unificado 18 causas por 26 despachos aduaneros acumulados. La primera petición para aplicar este instituto de la reparación integral para lograr un sobreseimiento y la extinción de la acción penal provino de sus abogados, en 2022. Pero la oferta fue irrisoria: una cifra en torno de los $200 mil. Fue inaceptable.

Mirá También:  Miles de trabajadores desocupados acampan en la 9 de Julio y marchan este miércoles a Trabajo
Allí se inició una negociación muy friccionada que fue encabezada por el fiscal en lo penal económico Gabriel Pérez Barberá. El funcionario abrió una ronda de consultas hacia el Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3 y consideró viable -sopesando lo que había a favor y en contra de lograr una condena penal- una reparación que fuese verdaderamente “integral”. Siguió el criterio de que este tipo de cuestiones no están jurídicamente reglamentadas, pero sí existen como suspensión de juicio a prueba y se debe analizar desde ese cariz amplio si existe voluntad de reparar el daño.

Los jueces decidieron convocar a una audiencia oral y pública para sentar a las partes y exponer las condiciones que debía tener una solución alternativa que, por más legal, no se había aplicado a este tipo de delitos con perjuicios económicos contra víctimas “difusas” como es el fisco, en este caso. Pérez Barberá justificó su postura en un fundamentado dictamen. La Aduana también concurrió como querellante pero encorsetada en una antigua resolución interna que los obligaba a apelar este tipo de situaciones y les impedía aceptar un acuerdo de reparación de estas características. El TOPE 3 hizo un guiño a favor si había una oferta razonable. Se fijó un plazo de un mes para seguir negociando.

En el ínterin, la Aduana que conduce Guillermo Michel adoptó una resolución política: modificó la normativa interna que le impedía arribar a este tipo de acuerdos y los obligaba a apelar, incluso, cuando la resolución del caso se alejaba del sentido común y de poder recuperar dinero que hubiese sido evadido en el pago de tributos. Ese trabajo mancomunado del sistema judicial y de las agencias estatales terminó marcando un hito en la historia de la Aduana por ser el primer caso que se resuelve de esta forma en la historia del organismo. Enseguida dieron aviso al Tribunal de que ya estaban en condiciones de aceptar, luego de que el área de Valoración hiciera un análisis del “piso” del cual partía el reclamo de dinero por el daño producido por los imputados y advirtiendo que este giro en la postura de la Aduana sería solo de carácter restrictivo y bajo condiciones particulares.

Mirá También:  Alberto Fernández y Jorge Capitanich. Llamados a la unidad

Finalmente, los imputados se avinieron al pago de los u$s800 mil en un solo pago y luego de haber acreditado, además la legitimidad de los fondos bancarizados cuya trazabilidad debía ser impoluta. Esa fue otra novedad para el desarrollo de este proceso donde se procuró el máximo de transparencia, agilidad y, además, pragmatismo.

¿Hubiera sido lo mismo enviar a juicio a octogenarios con perspectiva de pena leve, en cualquier caso domiciliaria, y con altas chances de que jamás hubiesen quedado firmes por el laberinto de apelaciones sin que el fisco pudiese ver un peso? Esta resolución no pasó inadvertida para el mundo judicial porque, por muy obvia la respuesta, siempre encuentra resistencias burocráticas que continúan una inercia de extensión de plazos inexplicable. Es precisamente uno de los factores que generan desconfianza en el sistema judicial y permite, en general, disipar el temor punitivo. Por lo demás, es una decisión que puede sentar jurisprudencia y libera también a la Aduana para sacarse de encima un stock heredado de casos que arrastra desde hace más de tres lustros y que ahora podrían tener resultados efectivos si se ajustan a los nuevos requisitos y a un análisis riguroso de aplicabilidad.

Deja un comentario

You May Also Like

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Click to Hide Advanced Floating Content
Avisos Dic2023 Fixed