El Gobierno bonaerense confirmó que la ley de Alcohol Cero podría aprobarse en septiembre. Según confirmaron desde el Ministerio de Transporte, el proyecto para modificar la actual ley de tránsito en el territorio provincial será evaluado el próximo mes durante un debate el Senado de la provincia de Buenos Aires.

Luego de varias reuniones, plenarios y exposiciones de diversos referentes, organizaciones y sectores, el proyecto está listo para ingresar en el recinto con el objetivo de logar la vigencia de la ley Alcohol Cero al volante. Si bien en ocho municipios ya rigen las ordenanzas que imponen ese límite dentro de las jurisdicciones, no hay una ley vigente a nivel provincial.

En este marco, el ministro de Transporte, Jorge D’Onofrio, indicó en las últimas horas: «El 25 de agosto tenemos la última reunión conjunta de la Ley de Alcohol Cero y en septiembre baja al recinto. Decidimos que hubiera debate y participaran todos los sectores porque le da volumen al tema y genera una toma de conciencia en la sociedad».

De esta manera, el proyecto del Ejecutivo provincial prevé la modificación de la Ley 13.927 del Código de Tránsito, donde quedará establecido que «queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir o con una concentración de alcohol superior a cero (0) miligramos de alcohol».

En caso de que un conductor/a sea encontrado con alcohol en sangre, el proyecto que empezará a tratarse esta semana contempla distintos tipos de penalidades, según el grado de alcoholemia que presente, que van desde el arresto a la retención de la licencia y la inhabilitación para conducir: tres meses para quienes posean alcoholemia superior a 0 y hasta los 0,49 miligramos por litro de sangre; seis meses para conductores/as que tengan entre 0,5 y 0,99 de alcohol en el organismo; 12 meses de inhabilitación para conducir para quienes superen el 1% y lleguen hasta el 1,5%; 18 meses para el infractor o la infractora cuya cifra sea mayor al 1,5% de alcohol en sangre.

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Por otra parte, quienes infrinjan la ley de Alcohol Cero deberán afrontar una multa; o bien, la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública, como alternativa. En caso de incumplir con el pago de la multa, esta triplicará su valor. Por último, supone el «decomiso de los elementos cuya comercialización, uso o transporte en los vehículos esté expresamente prohibido».

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