La ANMAT publicó las medidas en el Boletín Oficial. Entre los productos también hay alfajores, cacao y un mix de especias.

En seis disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves budines, alfajores, galletitas, cacao orgánico, un mix de especias y aceite de nuez y girasol.

El budín Delicias «sabor chocolate relleno con dulce de leche y mousse sabor chocolate cubierto con baño de repostería y chips de chocolate», RNPA 02-577188, lote L47 33, marca Nevares, vencimiento 01/04/2019, RNE 02-031531; y la «mini torta sabor chocolate con dulce de leche y mousse sabor a vainilla cubierta con baño de repostería», RNPA 02-578902, marca Para Ti, RNE 02-031531, lote L28 62/1, vencimiento 27-06-19; fueron prohibidas para su comercialización en toda la Argentina a través de la resolución 178/2020.

El budín marca Nevares prohibido.

Esa misma medida se extendió para las «Galletitas dulces rellenas con dulce de membrillo», marca Aires de Luján, nombre de fantasía Pastafrola, RNE 02-031531, RNPA 02-593287, vencimiento 29/07/2019, lote L 44 62; y «Galletitas dulces con membrillo», marca Aires de Lujan, nombre de fantasía Pepas con membrillo, RNE 02-030718, RNPA 2906- 17774/17, vencimiento 24/06/2019, lote L 39 13.

Las galletitas rellenas de membrillo prohibidas.

De acuerdo a la ANMAT, estos productos sobrepasaron los límites de ácidos grasos trans (2% del total de grasas en aceites vegetales y margarinas; el 5% del total en los otros alimentos), según establece el artículo 155 tris del Código Alimentario Argentino.

La disposición 176/2020 prohibió la comercialización del aceite 100% girasol marca «El Sol», al estar «falsamente rotulado, indicar números de registro de establecimiento y de producto inexistentes».
El aceite de girasol prohibido.

En la disposición 176/2020, el organismo prohibió la comercialización «‘Cacao Nibs Raw y Orgánicos, marca Prana, producto de Ecuador y ‘Bayas de Goji Orgánicos’, marca Prana, producto de China». En sus fundamentos, indicaron que el primer producto no consigna «identificación del titular (razón social; número de RNE; dirección), denominación, identificación del lote, número del Registro Nacional de Producto Alimenticio y además en el rótulo figuraban leyendas y logos no autorizadas por la normativa».

Los productos de cacao orgánico y bayas de Goji prohibidos.

Además de esas fallas, las bayas de Goji no están contempladas en el Código Alimentario Argentino.

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Otros productos observados por la ANMAT son el «Aceite de Nuez, PureWalnutOil, Omega 3-6-9 y vitaminas» y «Aceite de Nuez Frutado, PureFruityWalnutOil. Omega 3+6+9 y vitaminas» de la marca Vita Nuss. En estos casos, «no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado». También utilizan el símbolo de Alimento Libre de Gluten sin estar registrado como tal.

La ANMAT prohibó además la comercialización del «Mix de Especias, 7 Especias, Tridosha – Mayadevi», por no tener autorización para elaborar alimentos libres de gluten y utilizar ese símbolo sin estar registrado.

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