El proceso ahora quedará en manos de un juez contencioso por la infracción al Artículo 954 del Código Aduanero que penaliza el ingreso o el egreso desde o hacia el exterior de un importe pagado o por pagar distinto del que efectivamente correspondiere, y que prevé una sanción con una multa de uno a cinco veces el importa de la diferencia. Sin embargo, las características del caso pueden motivar a que el juez administrativo solicite prueba adicional sobre la operación precisamente porque el argumento del sobre costo no tiene relación con la mercadería que se está importando. Incluso, si de otras pruebas se desprende que pudieron haber incurrido en algún delito de tipo penal.
Por lo pronto, los contenedores continúan bloqueados en el puerto y su estatus impide también que las divisas a valor oficial para realizar los giros al exterior sean liberadas por el BCRA.