Desde las 0.00 de este sábado comenzó a regir el nuevo DNU del Ejecutivo. El semáforo epidimiológico es la clave para la flexibilización, según cada zona del país.
El DNU establece un semáforo epidemiológico en las distintas zonas del país, que posibilitó una flexibilización de las restricciones que se venían implementando hasta ayer, sobre todo en el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA), debido a la baja de casos registrados en los últimos días.
«Prorrógase el Decreto N° 287/21, el plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas complementarias, prorrogados por el artículo 1° del Decreto 334/21, hasta el día 25 de junio de 2021, inclusive», señala el artículo 1 de la norma.
La prórroga del DNU, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y la totalidad del Gabinete nacional, había sido anticipada ayer por el mandatario durante un acto que encabezó al mediodía en el Centro Argentino de Protonterapia (CeArP), en el barrio de Agronomía.
«Estamos llegando a un punto en el que esperaba que una ley resolviera cómo seguir trabajando el tema, deberemos esperar una semana más», dijo Fernández respecto del tratamiento en el Congreso Nacional del proyecto de Emergencia Covid, que determina las medidas a tomar considerando parámetros epidemiológicos concretos, que esta semana obtuvo dictamen favorable en Diputados.
El decreto prorrogado establece parámetros para determinar los distintos tipos de restricciones según la situación sanitaria de cada distrito del país.
Según estos parámetros, los diferentes distritos del país son categorizados como de «bajo», «mediano» y «alto» riesgo epidemiológico y Sanitario, o en situación de «Alarma».
El objetivo del gobierno nacional era obtener esta semana la sanción de la norma, ya aprobada por el Senado, antes de que venciera ayer el DNU con restricciones, pero ante la falta de acuerdo con la oposición, la propuesta deberá ser tratada en una nueva sesión.
En los considerandos del DNU, se indica que «hasta la fecha no se cuenta con un marco legal sancionado por el Congreso Nacional para enfrentar la emergencia de Covid-19», por lo que «corresponde prorrogar el Decreto N° 287/21 y el plazo establecido en su artículo 30 y sus normas complementarias, hasta el día 25 de junio de 2021, inclusive».