El lugar en cuestión tiene un valor estimado, según la ordenanza, en US$ 1.200.000, a razón de unos 545 dólares (tipo de cambio oficial) el metro cuadrado. Una verdadera oferta, dada la ubicación privilegiada de la calle, en uno de los balnearios más costosos de la Argentina.
El comprador es una empresa vinculada con Víctor Stinfale
La empresa a la que pasaría el espacio público, en caso de avanzar el proyecto, es Energy Group SRL, vinculada al abogado y empresario Víctor Stinfale, y dueña del balneario Boutique.
El predio de 84,75 metros de largo y 26 metros de ancho, está lindero a KU, un clásico de la noche pinamarense que cerró en 2016 y donde pretende elevarse un proyecto de hotel all inclusive.
Los fondos que se obtengan de la operación inmobiliaria serán destinados a compras de «bienes de interés y necesidad» para el municipio.
La oposición denuncia escandalosa subvaloración del predio
Según la oposición, el valor real del espacio que se pretende privatizar es de 4,5 millones de dólares. Es decir, 3,3 millones por encima de lo que pretende alzar el intendente de Pinamar, Martín Yeza.
Una escandalosa ordenanza
El recorrido de la escandalosa operación está detallado en la ordenanza: primero se desafecta al municipio de ese bien, pasa a dominio privado y se lo vende a Energy Group SRL dada la titularidad de las parcelas circundantes y fija un valor de 1,2 millones de dólares. Eso sí, los gastos de mensura quedan a cargo del adquiriente.
En el artículo 1ordenanza establece: «Desafectase como bien del dominio público conforme determina el artículo 9 del Decreto Ley Nº 9533/80 , y afectase como bien de dominio privado municipal la superficie de tierra correspondiente al espacio público circulatorio existente entre el lado norte de la manzana 470 en sus parcelas 1, 2, 3 y 4n; y lado sur de la fracción 2 Parcela 3, calle Rambla Norte entre calle Guerrero y Corso Elegancia, con una dimensión denunciada de 84.75 mts de largo y 26 metros de ancho, la que representa un área de 2.203,50 metros cuadrados». El artículo 2 autoriza la venta del espacio en cuestión a Energy Group SRL.
La ordenanza especifica que el posible propietario del dominio no podrán modificar las pendientes naturales del terreno, «pudiendo realizarse aquellas mejoras referidas a las instalaciones existentes destinadas a la canalización de las aguas de lluvia, en tanto resulten autorizadas por el Municipio».