Después de 15 años, y un largo recorrido por los pasillos judiciales, la Justicia investigará un caso de presunta corrupción en la concesión del espacio radioeléctrico a la multinacional francesa Thales Spectrum.
La causa tramitó ante el juzgado federal número siete, hoy a cargo de Sebastián Casanello. Desde su llegada a la causa, Casanello imprimió toda la celeridad que pudo al demorado expediente, pero una y otra vez se topó con diques de contención que minaron el camino.
El 23 de junio de 2010, la querella –a cargo de la Oficina Anticorrupción– formuló su requerimiento de elevación a juicio, y casi cuatro años después, el 19 de diciembre de 2014, hizo lo propio la fiscalía.
No hay una explicación convincente de por qué pasó tanto tiempo entre un requerimiento y otro, ambos necesarios para que el expediente pase a la etapa de debate.
Finalmente, el 23 de septiembre de 2016, después de atravesar múltiples obstáculos y chicanas judiciales, Casanello pudo por fin disponer “la clausura parcial de las actuaciones y su correspondiente elevación a juicio”.
Pero entonces comenzó otra historia, una más, demostrativa de que las leyes dicen lo que los jueces quieren que digan.
La ley 25.188 sostiene que las causas no prescriben “en los casos de delitos cometidos en el ejercicio de la función pública, para todos los que hubiesen participado, mientras cualquiera de ellos se encuentre desempeñando un cargo público”. Menem sigue siendo hoy senador nacional, por lo que de la lectura de la norma pareciera desprenderse que la causa no está prescripta.
Sin embargo, la Cámara de Casación entendió que esa ley estaba vigente cuando cesó el delito (cuando le fue quitada la concesión a Thales) pero no cuando comenzó a cometerse.
Con esa interpretación, Cassagne no está comprendido en la interrupción de la prescripción. El 5 de julio de 2016, mientras por un lado peticionaba “la nulidad del requerimiento de elevación a juicio”, por el otro planteó la posible prescripción de la acción penal. Para ello sostuvo que desde que la querella formuló su requerimiento de elevación a juicio, en 2010, “transcurrió el máximo de la pena prevista para el delito imputado, lo que conducía a la insubsistencia de la acción penal”.
La Casación, el principal tribunal penal del país, le dio la razón. Y poco menos que obligó al Tribunal Oral a declarar la prescripción. El fallo fue firmado por los jueces Mariano Borinsky y Carlos Mahiques, con la disidencia de Juan Carlos Gemignani, quien insistió con que resultaba “inaplicable la extinción de la acción penal por prescripción en los casos en los que hayan intervenido funcionarios públicos”.
El Tribunal oral, con la firma de los jueces Andrés Fabián Basso, Javier Feliciano Ríos y Fernando Machado Pelloni, declaró la prescripción sólo en relación con Cassagne y el 7 de febrero de este año concedió el recurso para que nuevamente la Casación revisara la decisión. Pero el 1 de setiembre pasado, la Sala Cuarta rechazó el el planteo. Un mes y medio después, el 16 de octubre, en un fallo firmado por Mariano Borinsky y Javier Carbajo, habilitó el camino para que la que revise sea la Corte.
“El recurso extraordinario federal interpuesto por la parte querellante (Oficina Anticorrupción) se dirige contra una sentencia de carácter definitivo que ha sido dictada por el Tribunal superior de la causa. Además, ha fundado la existencia de una cuestión federal suficiente a los efectos de acceder al más alto tribunal, en tanto su planteo está vinculado a la aplicación de la causal suspensiva del curso de la prescripción de la acción penal por ejercicio de un cargo público, a un partícipe no funcionario, y de la garantía del imputado a la duración razonable del proceso».
Pero en ese interin, a Oficina Anticorrupción desistió de ser querellante en todas las causas en las que actuaba. Y ahora todo vuelve a ser una incógnita.
La causa lleva el número 10039/2001. El 2001 indica el año en que se inició el expediente. El año que viene cumplirá dos décadas; 16 años, si se cuenta el momento en que fue anulada la concesión. Y la Corte, se sabe, no tiene tiempos establecidos para tomar una decisión final.