El funcionario nacional indicó que «desde hace 4 años la Jueza encargada de investigar el atentado contra Cristina, la Mesa Judicial M y la criminal deuda de Macri con el FMI cobra un sueldo mensual de ‘investigadora’, a pesar de que los jueces tienen prohibida toda actividad, con excepción de la docencia». La vicepresidenta compartió esta información en su propia cuenta de Twitter.
En el mismo sentido, Soria destacó que el Instituto Superior de Seguridad Pública, que emplea a Capuchetti, no dio a conocer ninguna investigación o publicación cientifica. Además, reveló que «tiene como autoridad al viajero de Lago Escondido Juan Bautista Mahiques».
«El Decreto-Ley 1285/58 establece la incompatibilidad de ‘la magistratura judicial con toda actividad política’ y ‘cualquier actividad profesional'», refirió el ministro y explicó que esto «solo permite a los magistrados ejercer la docencia» por lo que «ejercer funciones de supuesta investigadora es lisa y llanamente ilegal». Soria concluyó que «mantener una relación remunerada para asesorar a la máxima autoridad política de la justicia y seguridad de CABA no tiene nada ver con la docencia» y por lo tanto «desbordan las relaciones promiscuas y corruptas entre el PRO y algunos jueces federales de Comodoro Py».
Horas antes, y por expresa instrucción del presidente de la Nación, Martín Soria presentó una denuncia penal en la Justicia Nacional, para que se investigue penalmente los hechos publicados por fuentes periodísticas durante la última semana que dieron cuenta de acciones que, de corroborarse, configurarían graves hechos de corrupción y/u otros delitos contra la administración pública. La denuncia fue este viernes 6 de enero y requiere que se investigue al ministro de Seguridad y Justicia del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Marcelo Silvio D’Alessandro, por la posible comisión de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y exacciones ilegales, en los términos de los artículos 248, 256, 260, 261, 265, 266 y 268 del Código Penal.