El PPT contempla una compensación equivalente al 50% del salario mínimo por tres meses que no es compatible con otros beneficios de emergencia. Los detalles para la inscripción, en esta nota.
El PPT, destinado a las cooperativas, micro y pequeñas empresas radicadas en territorio bonaerense no es compatible con otro tipo de beneficios de emergencia y su objetivo es alcanzar a quienes quedaron fuera del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
La ministra de Trabajo de la Provincia, Mara Ruiz Malec, detalló que «la idea es llegar a aquellos pequeños grupos de empresas que, por distintos motivos, no pudieron sumarse al ATP”.
«Apuntamos a aquellas que tienen un grado de formalidad, que tributan impositivamente, tanto en ARBA como en AFIP, y tienen a sus trabajadores inscriptos en la seguridad social», explicó la funcionaria a la agencia de noticias Télam.
Cabe destacar que quienes quieran acceder al programa -que busca contribuir al sostenimiento de las fuentes y puestos de trabajo en sectores de la actividad económica afectados por la pandemia de coronavirus- pueden hacerlo desde este link.
El PPT brindará una asistencia económica de $ 8.400 por un período inicial de tres meses, prorrogables hasta un máximo de 12 meses o mientras dure la emergencia sanitaria, social y económica si su plazo fuera menor. G
Los requisitos para que las empresas accedan al programa, según se explica en la web oficial, son:
-Tener personería jurídica otorgada o en trámite cuando se trate de empresas recuperadas en formación.
-Contar con inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y en la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)
-Tener inscripción en el Programa ActiBA del Ministerio de Producción bonaerense.