Cómo se hace y hasta cuándo hay plazo

Así los monotributistas podrán adecuar su situación a las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal. Se beneficia a más de 4 millones de contribuyentes.

La recategorización del monotributo estará habilitada desde este miércoles hasta el 17 de agosto. El plazo fue dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para garantizar que los pequeños contribuyentes realicen el procedimiento con los valores de las escalas estupuladas en la nueva ley de alivio fiscal.
Con la reglamentación de esa ley, el ente recaudador instrumentó la actualización excepcional de las escalas, que contempla un incremento en la facturación máxima por categoría de hasta 77%.

De esta forma, la recategorización habilitada desde este miércoles podrá realizarse con los nuevos valores. Los montos de facturación por categoría regirán para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022, recordó la AFIP, en un comunicado.

La recategorización es un procedimiento obligatorio que se realiza dos veces al año, donde los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo les corresponde, de acuerdo con su actividad durante los últimos 12 meses. Las escalas actualizadas pueden consultarse en www.afip.gob.ar.

Todos los contribuyentes deben realizar el procedimiento y, cuando no corresponda modificar la categoría, las personas deben confirmar su permanencia en la que estaban. Para facilitar las tareas de cumplimiento, el vencimiento de la obligación mensual del próximo mes se postergó hasta el 27 de agosto. 

Para el pago de los tres componentes de la cuota del monotributo de agosto -impositivo, obra social y jubilación- regirán los valores correspondientes a la recategorización que se inicia este 28 de julio.

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Asimismo, la AFIP recordó que el 5 de agosto vence el plazo para ingresar la obligación mensual correspondiente a junio. El pago de ese vencimiento, que también se postergó, se concreta según las escalas anteriores del monotributo correspondientes a la Ley 27.618. Estas también pueden consultarse en la web de la AFIP.

Beneficios para monotributistas

Además de la actualización excepcional de las escalas, la AFIP instrumentó los otros beneficios para monotributistas, previstos en la ley de alivio fiscal. 

La reglamentación de esa normativa retrotrajo los valores mensuales de las cuotas correspondientes al período enero-junio de 2021 a los vigentes en diciembre de 2020. Se estableció una moratoria para regularizar deudas en hasta 60 cuotas y se reglamentó la permanencia en el régimen simplificado para quienes fueron excluidos por distintos motivos.

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