Las mujeres dedican, en promedio, el doble de tiempo por día que los hombres a realizar tareas de cuidado en Argentina, situación que genera desigualdades en la carrera laboral de madres y padres por el tiempo que dedican a cuidar a hijos o hijas. Para mitigar esas desigualdades, el gobierno firmó un convenio con entidades que reúnen a las empresas para garantizar espacios de cuidado dentro de las que tienen más de cien empleados.

«En los establecimientos de trabajo donde presten tareas cien personas o más, independientemente de las modalidades de contratación, se deben ofrecer espacios de cuidado para niños y niñas de entre 45 días y tres años de edad que estén a cargo de los trabajadores y las trabajadoras durante la respectiva jornada de trabajo«, se indicó a través de un comunicado oficial.

El acuerdo corresponde a la implementación de las obligaciones dispuestas por el Artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo y su decreto reglamentario que fue sancionado en 2022 y puso como fecha límite de implementación el 23 de marzo de 2023.

Dada la complejidad de la implementación de esta norma, manifestada por el sector empleador, y con el fin de garantizar el pleno goce de este derecho por parte de los trabajadores y trabajadoras, se acordó que, cuando no hubiera disponible un espacio de cuidado y/o no se hubiera previsto el reemplazo de dicha obligación en los convenios colectivos de trabajo, las entidades empleadoras quedarán obligadas a efectuar el reconocimiento de gastos durante cuatro meses, período durante el cual se comprometen a ajustarse a los lineamientos de la ley en sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo.

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El monto a reintegrar en concepto de pago por guardería o trabajo de asistencia y cuidados no podrá ser inferior a una suma equivalente al cuarenta por ciento del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y Cuidados de Personas” del Personal con retiro del régimen previsto en la Ley N° 26.844, o al monto efectivamente gastado en caso de que éste sea menor.

El artículo 179 de descanso por lactancia establece que «toda trabajadora madre de lactante podrá disponer de dos descansos de media hora para amamantar a su hijo, en el transcurso de la jornada de trabajo, y por un período no superior a un año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por lapso más prolongado. En los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan».

«El artículo 179 hoy ya obliga a las empresas a brindar espacios de cuidado o reintegrar los gastos en niñes menores de cuatro años. Si la empresa no llegó a construir el espacio, no encontró una vacante o no llego a tratar el tema en negociación colectiva, debe pagarte el reintegro», desarrolla la Subsecretaria de Políticas de Igualdad en el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidades Lucía Cirmi.

En aquellos casos en los que en el CCT no esté previsto ningún régimen o modalidad respecto a la aplicación del artículo 179 reglamentado por el decreto 144/22 los empleadores podrán reemplazar la obligación de contar con los espacios de cuidado por el reintegro dispuesto en el decreto 144/22, pero por un plazo máximo que se extiende desde el 23 de marzo hasta el 31 de julio 2023.

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Para trabajadoras que se desempeñan en la modalidad de teletrabajo, ley 27.555, el empleador podrá optar por el mecanismo de reemplazo de la obligación de espacios de cuidado por el pago de la suma no remunerativa.

Respecto de los trabajadores fuera de convenio, los empleadores podrán reemplazar la obligación contar con los espacios de cuidado, por el régimen que hubiera sido acordado en el CCT que resulte aplicable al establecimiento donde preste servicios el trabajador o el convenio más favorable si es que hubiera más de uno. Y debiendo abonar como mínimo lo establecido en el decreto 144/22.

La firma del acuerdo fue encabezada por las ministras de Trabajo, Raquel Kismer de Olmos y de la Mujer, Géneros y Diversidades, Ayelén Mazzina, quienes recibieron a los cosecretarios generales de la CGT, Héctor Daer y Carlos Acuña; a los dirigentes de la UIA Daniel Funes de Rioja (presidente) y José Etala y al titular de la Camarco, Gustavo Weiss.

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