A través de los Decretos 120 y 121/2022, se encuentra  disponible el cobro del subsidio correspondiente, mediante transferencia bancaria a los beneficiarios.

Cabe destacar que esta contribución mensual reconoce y acompaña el objetivo de las actividades específicas, propias de estas entidades de bien público.

Deja un comentario
Mirá También:  NO SE PRESENTARON PROPUESTAS PARA LA EXPLOTACIÓN DEL EDIFICIO DEL TURISTA

You May Also Like

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *