La Corte Suprema dispuso que el Gobierno Nacional devuelva a Santa Fe fondos corparticipables retenidos por $ 86.000 millones.

La Corte Suprema de Justicia definió este martes que el Gobierno Nacional debe devolverle a la provincia de  Santa Fe fondos coparticipables por unos 86 mil millones retenidos indebidamente, según un fallo emitido por el mismo tribunal en 2015.

La resolución, firmada por los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, se conoció poco después de la reunión que el ministro de Justicia, Martín Soria, mantuvo en el cuarto piso del Palacio de Justicia con los cuatro miembros de la Corte.

En agosto de 1992, el entonces gobierno de Carlos Menem acordó con todas las provincias, entre ellas la de Santa Fe, el denominado «Pacto Fiscal», en el que se dispuso, entre otras medidas, un recorte del 15% de la masa de recursos de la Coparticipación Federal de Impuestos para financiar la transición del régimen previsional de reparto al de capitalización, que comenzó a regir dos años despuès.

Con la reestatización del sistema jubilatorio, esa detracción dejó de tener sentido pero continuó aplicándose, por lo que Santa Fe, además de Córdoba y San Luis, presentaron una demanda contra el Estado nacional ante la Corte Suprema.

El máximo tribunal falló a favor de las tres provincias en noviembre de 2015 y luego el presidente Mauricio Macri acordó con los 21 distritos restantes el reintegro del 15% en cinco tramos de 3 puntos porcentuales por año, entre 2016 y 2020.

Pero aún quedaba pendiente el pago del los recursos retenidos hasta diciembre de 2015, por lo que el reclamo de Santa Fe continuó en la Corte, que finalmente falló a favor de la provincia.

Mirá También:  Sismo en Haití: ya suman casi 1.300 las víctimas fatales

Desde allí, la discusión jurídica se trasladó a la tasa de actualización que debía pagar la administración nacional en concepto de esos fondos retenidos indebidamente.

La Corte Suprema intentó que las partes acordaran la actualización y los plazos, pero, al haber transcurrido seis años de la sentencia definitiva en el conflicto, decidió que es martes y que se aplique a la deuda nominal la tasa activa del Banco Nación.

En el fallo de ocho páginas, el máximo tribunal explicó su decisión “en el entendimiento de que tal porcentaje permite mantener un equilibrio entre posturas sustentadas en el interés general” y aclaró que no recurre a cálculos más onerosos para no complicar las cuentas públicas.

En rigor, el Estado Nacional deberá devolver el 15% que se retenía por el acuerdo fiscal y otro 1,9% que también se retenía de manera indebida según la Corte, vía la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Según el cálculo de los auditores contables, con la actualización dispuesta por la Corte, el monto total del resarcimiento estaría cercano a los 86 mil millones de pesos.

Deja un comentario

You May Also Like

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *