Referentes del derecho penal buscan que se sume la figura de femicidio infantil, tras la condena recibida por el padrastro y la madre biológica de una nena de 3 años, vejada sexualmente y asesinada a golpes, en enero de 2016

Alma Jazmín Benítez Coronel tenía tres años cuando fue vejada sexualmente y asesinada a golpes, en un hecho ocurrido en enero de 2016 en Quilmes. Días pasados, una fiscal con perspectiva de género pidió y logró una condena ejemplar para el padrastro y la madre biológica de la víctima, argumentando que se trató de un «femicidio infantil». El concepto nunca antes se había utilizado en expediente judicial y ahora referentes del derecho penal piden una «Ley Alma» que sume al Código Penal esta figura particular. Es que lamentablemente no se trata de un episodio aislado, ya que cada mes un promedio de cuatro menores son asesinadas por su condición de mujeres.

«La historia de Alma y lo que se pudo lograr en el debate oral por su femicidio es tan novedoso como cruento. La chiquita fue vejada y asesinada por su condición de mujer. Previo a su crimen fue cosificada, se convirtió en un objeto. En ese marco es que fue víctima de un homicidio agravado. Estas particularidades se repiten en otros casos similares, sin embargo no aparece la figura del femicidio infantil. El fallo es absolutante contuntende, nos interpela como sociedad», señaló María de los Angeles Attarian Menna.

El fallo se conoció la semana pasada y en el debate quedó comprobado que todo ocurrió el 30 de enero de 2016 en una vivienda situada en Las Heras y Mozart, de la localidad de Quilmes, donde Alma fue violada y luego golpeada de forma brutal, causándole heridas que derivaron en su muerte. La condena recayó sobre el padrastro Daniel Manzanares (27), a prisión perpetua y la madre biológica Yamila Coronel (23), a 12 años de cárcel. «No se conoce otro fallo donde se haya aplicado la figura de femicidio infantil. En general, vemos que la violencia de género se comete contra mujeres más grandes, pero en este caso había claramente componentes de que fue asesinada por su condición de mujer», profundizó Attarian Menna.

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Acerca de la problemática con mujeres menores de edad víctimas de hechos aberrantes y extremos, el abogado Andrés Bonicalzi, especialista en las violencias que padecen niñas y niños y miembro de la organización Avivi, sostuvo que «el femicidio infantil en nuestro Código Penal no aparece como una figura penal autónoma», precisando que «el homicidio de niñas por razones de género se subsume dentro de la figura típica del femicidio, por lo que en términos jurídicos ambos hechos traerían aparejada la pena máxima, que es la prisión perpetua».

«Sabemos que aún hay varios jueces que son reacios a aplicar la figura del femicidio. Y ésta situación se agrava con los casos de femicidio infantil, donde prácticamente no existen condenas en las que se considere que el móvil del homicidio de una niña radicó no sólo en la vulnerabilidad propia de su infancia, sino que también en el odio y desprecio por su género. No estudiar el femicidio infantil como figura independiente, genera una ausencia de estadísticas completas, lo que dificulta la generación de políticas institucionales y soluciones de política criminal para el abordaje de la problemática», manifestó Bonicalzi.

Justamente las cifras sobre los femicidios que tienen como víctimas a mujeres menores de 18 años surgen del Observatorio Marisel Zambrano, de La Casa del Encuentro, una organización no gubernamental que registra desde 2008 hasta fin de 2018 un promedio de cuatro casos por mes. Se trata de 458 femicidios de menores: 35 de mujeres de hasta un año, 145 de mujeres de entre 2 y 12 años, y 278 de mujeres de entre 13 y 18 años.

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Desde la asociación civil «Vivas las queremos», el abogado Julio Torrada se expresó a favor de la creación de una «Ley Alma», para que se legisle de manera urgente en la incorporación de un inciso que opere judicialmente sobre la oscura problemática de los femicidios infantiles. Finalmente, la fiscal Attarian Menna explicó que «el fallo del tribunal de Quilmes genera un precedente importante en términos de jurisprudencia, que puede ser tomado en similares casos donde las víctimas son chiquitas que resultan cosificadas y convertidas en un objeto, que se puede violar, golpear y matar, simplemente por el hecho de ser mujeres».

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