Para estrenar su nueva configuración, y tal como esperaba el Gobierno, la Sala I de la Cámara Federal confirmó la expulsión de las querellas de los cinco damnificados de la causa $LIBRA. Esto implica que ya no pueden impulsar la investigación, que queda en manos de la parsimonia de la fiscalía de Eduardo Taiano. El fallo fue firmado por Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, mientras que el flamante camarista Pablo Yadarola se tomó licencia hasta el miércoles próximo. El principal argumento de la resolución es que los inversores no demostraron un engaño que los haya llevado a adquirir el token ni una relación directa con un perjuicio sufrido producto de un delito. Es más, sostienen que conocían los riesgos. Es una forma de poner en duda la existencia misma de una estafa.

Los querellantes apartados insistirán ante la Cámara de Casación Penal Federal con la expectativa de revertir el escenario. Mientras tanto, el expediente que tiene entre los imputados a Javier Milei y a su hermana, Karina, está prácticamente paralizado.

Quien cuestionó la participación de los ahorristas en la causa fue el trader Mauricio Novelli, tan cercano al Presidente que –como quedó demostrado— mantenía comunicaciones frenéticas con él en el momento exacto en que lanzaba desde Dallas, junto con el estadounidense Hayden Davis, la criptomoneda, el 1 de febrero de 2025. Hablaron también en los minutos posteriores y cuando se produjo el colapso. Es más, en despachos de la Casa Rosada se había organizado meses antes el evento llamado Techo Forum, con el mandatario como orador, que fue antesala tanto de $LIBRA como de otros aparentes acuerdos con el Gobierno, que la pesquisa penal no profundizó. Entre ellos, en el celular de Novelli se encontró lo que podría haber sido el borrador de un acuerdo Davis-Milei por 5 millones de dólares.

Siempre fue llamativo que Milei, que se había reunido con Davis días antes de la salida de $LIBRA, en días coincidentes con transferencias millonarias a Novelli y su socio, no cuestionara al estadounidense ni lo hubiera denunciado. “El colorado”, como apodan a Davis, reconoció públicamente que se había quedado con 100 millones de dólares “de los argentinos” y esperaba instrucciones, que nunca recibió.

Dijeron Bertuzzi y Llorens: “La operatoria examinada se desenvolvió en el marco de un negocio de por sí volátil, caracterizado por la ausencia de regulación financiera y una fuerte exposición al riesgo, circunstancias que resultaban conocidas por quienes decidieron operar en ese ámbito. Quienes adquirieron el token asumieron voluntariamente los riesgos inherentes a esa clase de compra y, en el caso de los aquí apelantes, la pérdida patrimonial invocada no resulta sino una consecuencia de ese riesgo asumido”.

Martín Romeo, uno de los querellantes (representado por el abogado Nicolás Oszut), ya había planteado que “el engaño” estaba en el propio tuit de Milei que hizo público el token por primera vez para que pudiera ser adquirido: anunciaba allí que el objetivo era fondear pequeños y medianos emprendimientos con el producto de $LIBRA, a través de “Viva La Libertad Project”. Según Romeo, ese proyecto privado, presentado con apoyo presidencial, en realidad no existía y era una trampa programada. La figura de Milei se usó como anzuelo para generar confianza.

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De otro grupo de inversores (Alan Vega, Braian Emanuel Quintero, Matías Alejandro Paris y Juan Patricio Marchetto) surgió este planteo: aunque conocieran el mercado de criptoactivos y su carácter volátil, había otros factores ligados al grupo creador de $LIBRA y quienes rodearon el negocio: una “posible manipulación coordinada, acceso anticipado a información, control concentrado del activo, finalidad económica aparente y retiro concertado de la liquidez aportada por los compradores”. Sus abogados son Juan Grabois, Nicolás Rechanik y Yamil Castro Bianchi.

Para entender el fallo

La Sala I confirmó la decisión que había adoptado el juez Marcelo Martínez de Giorgi, quien había tomado al pie de la letra los argumentos de Novelli. Milei y su hermana nunca presentaron abogado, aunque se hizo evidente que quienes canalizaron el expediente fueron el trader, su socio Manuel Terrones Godoy y el exasesor de la Comisión Nacional de Valores, Sergio Morales, todos imputados. Una de las cuestiones que plantearon las querellas es que, en una etapa anterior de la causa, la Sala II ya los había convalidado como “víctimas” para poder impulsar la pesquisa. Decían que, por ende, había “cosa juzgada”.

Ahora Bertuzzi y Llorens sostuvieron que aquella definición no era definitiva porque se produjo en un momento incipiente del caso, y que no alcanza “una vinculación genérica con la maniobra denunciada” y “la constitución como parte querellante exige la acreditación de un interés directo, inmediato y personal derivado del hecho investigado”. Los damnificados habían mostrado, con capturas y sus dispositivos en algunos casos, que ellos mismos habían hecho las operaciones. Pero lo que dicen los jueces es que “la discusión sobre la relevancia de la titularidad de billeteras electrónicas o del origen de fondos, en definitiva, queda subordinada a que se tenga previamente por configurada algún tipo de maniobra engañosa, apoyada en la existencia de un ardid típico que haya producido una lesión en su patrimonio”.

Los propios camaristas definen en la misma resolución que no ven el engaño, que es una forma de descartar la existencia de una estafa. “Ninguno de los aquí apelantes ha logrado demostrar, a los fines de su legitimación, el ardid o la afirmación falsa concreta que los hubiera determinado a adquirir el token, ni la existencia de un nexo que conecte esa presunta maniobra perniciosa con la disposición patrimonial que habrían ejecutado”. “Más allá de la publicación del citado “tuit” –agregan– los apelantes sólo se han limitado a describir una sucesión de eventos sin identificar la falsedad concreta que los impulsó a efectuar la compra, esto es, cuál es el momento de la secuencia fáctica en donde se inserta este posteo, para analizarlo dentro de las notas típicas especiales de este tipo penal -u otra- conducta con relevancia jurídico-penal y (…) cuáles pruebas demuestran el agravio propio que la legitimación activa demanda en este supuesto”.

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El fallo intenta hacer énfasis en que una cosa es perder plata en un mercado no regulado y otra es el despojo por medio de un plan organizado. Los camaristas, posicionados en el primer punto, desacreditan en la resolución algunos términos planteados por las querellas respecto de lo que consideraron una maniobra orquestada: “La invocación a fórmulas que explican momentos de este negocio particular, tales como “calidad simulada”, “insider trading”, “lavado de prestigio” o “rug pull”, nomina en definitiva categorías que no han logrado ser proyectadas sobre el caso concreto”, dicen Bertuzzi y Llorens. Insiste a la vez en responsabilizar a quienes compraron el token: describen al mercado cripto como “un entorno que funciona como una suerte de libro contable” con registro de las operatorias, lo que “facilita a los actores una estimación del nivel de riesgo del producto, así como de la probabilidad de observar fluctuaciones pronunciadas en la cotización”.

Algunas de las referencias aluden, por ejemplo, a argumentos de Romeo como que “la defensa pretende confundir, de manera maliciosa, el riesgo inherente a las inversiones en mercados no regulados con una maniobra de desapoderamiento doloso pre-programada (conocida como Rug Pull)”. Su apelación señalaba que no había sido una “mera inversión fallida”, como decía Novelli, o una “volatilidad orgánica del mercado”, sino una “construcción sostenida de una ‘calidad simulada’ y una ‘apariencia de empresa’ a escala estatal”.

Hay un párrafo del fallo que llama especialmente la atención. Afirma que, por el “avance de la investigación”, se pueden “reexaminar” resoluciones previas. La sorpresa es que para estos camaristas “se ha conformado un escenario que evidencia un debilitamiento de la teoría del caso contenida en la denuncia inicial”. Hay dos hipótesis, dicen. “La primera, defendida por quienes aseguran haber sido víctimas de un plan organizado desde las altas esferas gubernamentales con la intervención de un grupo de desarrolladores de criptoactivos, que se valió de la utilización dolosa de algún tipo de ardid o engaño orientado a provocar en ellos una disposición patrimonial perjudicial”. Esta, para ellos, “se encuentra diluida frente a la prueba que exigen los distintos extremos del capítulo penal elegido”.

La segunda hipótesis, que parecen abonar, explican, “identifica a los incidentistas con compradores que efectuaron erogaciones al margen de las disposiciones financieras comúnmente establecidas en medios tradicionales -las existentes en mercados regulados- y que por fuera de ellas -en mercados no regulados decidieron invertir fondos a través de instrumentos cuya volatilidad y riesgo es mayor, rasgos estos últimos que son reputadamente conocidos, sobre todo por quienes acostumbran a manejarse en esos mercados con habitualidad”. Solo faltaba que dijeran, “caso cerrado”.

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Pero hay varias líneas de investigación planteadas y delitos, que no son mencionados en el fallo, que sólo debía referirse a la situación de los querellantes. Hay enigmas pendientes: ¿Se pagaron sobornos? ¿Hubo ganancias para la Casa Rosada? ¿Y los fondos que recibieron de Davis, Novelli y Terrones Godoy? ¿Dirán que es un asunto entre privados pese al papel del presidente? ¿Y los contratos hallados en el celular de Novelli que incluyen al Gobierno de Milei? ¿No hubo negociaciones incompatibles con la función pública? ¿Un presidente puede vender criptomonedas como si nada?

Contexto

Este jueves juraron en la Cámara Federal Bertuzzi y Yadarola. El primero ya ocupaba un lugar en ese tribunal después de haber sido designado a dedo por Mauricio Macri en 2018, sin concursar para camarista, desde donde colaboró en forma activa en la ofensiva penal contra el kirchnerismo (que no le dio apoyo en el Senado). La Corte luego, en 2021, dijo que esa designación era inconstitucional. Bertuzzi concursó, quedó en el puesto 21, pero el Consejo de la Magistratura lo ayudó a entrar en la terna, de la que fue elegido por el gobierno libertario en plena colonización de los tribunales, guiada por el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques. Yadarola era juez penal económico desde 2015, cargo desde el cual no generó grandes incomodidades para casi nadie. Pero se hizo conocido por integrar el grupo que viajó a la estancia de Joe Lewis en Lago Escondido, junto con Mahiques y su padre. El Consejo también lo ayudó a saltar del puesto 17 en el concurso a la terna. En el Senado obtuvo apoyo amplio, incluso del peronismo.

Este viernes a la mañana, Bertuzzi y Llorens firmaron en un día y horario inusual sentencias y mandaron señales positivas al Gobierno, con el caso $LIBRA y el archivo de la causa por el préstamo de 57.000 millones de dólares del FMI. Yadarola se pidió licencia y evitó quedar pegado a estas decisiones. Fue el estreno de la nueva Sala I de la Cámara de Comodoro Py.

“Es notable que hayan dictado el fallo el día posterior a la jura de los nuevos camaristas. Esto es como cuando eras chico y te portabas bien y tu papá te daba un paquete de figuritas, salvando las distancias”, ironiza Oszut. “Pero lo central es que, en contra de todas las pruebas del expediente, están armando un relato jurídico para desvincular al Presidente. En vez del sistema acusatorio están implementando el sistema de defensa (o “defensatorio”) –bromea— de los jueces a los imputados. No hay ningún tipo de necesidad de tener abogado defensor. Para eso están el juez y la Cámara”.

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