La Suprema Corte bonaerense rechazó la medida cautelar que impugnaba el «Pase Libre COVID-19» que la provincia exige desde el 21 de diciembre para poder participar de actividades culturales, deportivas, religiosas en espacios cerrados y para la realización de trámites ante organismos públicos provinciales y municipales. La medida oficializada días atrás por las autoridades provinciales busca fomentar la vacunación y que más personas  

Un grupo de personas promovió una acción de amparo contra la provincia de Buenos Aires a fin de declarar la inconstitucionalidad de la Resolución conjunta 460/21 dictada por Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Salud, que establece el denominado pase sanitario que acredita vacunación como requisito necesario para asistir a las actividades realizadas que representan mayor riesgo epidemiológico.

En la medida solicitaban «que se ordene a la demandada que se abstenga de aplicarles o exigirles el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la norma impugnada, hasta tanto recaiga sentencia definitiva». El máximo tribunal, sin embargo, falló en contra del pedido y rechazó la solicitud al considerar que «claramente se trata de una regulación tendiente a la protección de la salud pública como bien jurídico primordial, a la prevención de la propagación de nuevas variantes del virus SARS-CoV-2 y, también, al fomento de la vacunación como medio comprobadamente eficaz para eliminar o mitigar ese flagelo».

El Tribunal puntualizó que la norma se dictó «en el marco de una emergencia sanitaria sin precedentes que lejos está de haber concluido» y que «la exigencia de acreditar un esquema de vacunación completa tiene en miras, entre otros horizontes, limitar la concurrencia de personas no vacunadas o con esquemas de vacunación pendientes, a lugares donde se desarrollan actividades de elevado riesgo epidemiológico y que, por su naturaleza, implican mayor posibilidad de contagio para la población».

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El requisito de acreditación de al menos dos dosis de la vacuna contra el coronavirus continuará vigente para las personas mayores de 13 años que quieran visitar bares, restaurantes y boliches, por ejemplo; realizar trámites o asistir a eventos que puedan significar un alto riesgo epidemiológico.

Para acreditar la vacunación, se podrá presentar el certificado en cartón o tarjeta emitido por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires o bien el que figura en el portal mi.argentina.gob.ar o en las aplicaciones VacunatePBA, Cuidar MiArgentina.

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