Se trata de un proceso simple y ágil, que puede hacer cualquier vecino que tenga una propiedad escriturada a su nombre y desee declarar la vivienda como “Bien de Familia”.

Para una mejor organización operativa se solicita sacar turno previamente acercándose personalmente a la planta alta del palacio municipal en la subsecretaría de Tierras y Urbanismo o comunicarse telefónicamente al 43-1341, interno 453.

La atención y carga de datos será de 8 a 11 horas, los interesados deberán traer consigo la documentación original, DNI, escritura, libreta de matrimonio civil, partida de nacimiento, partida de matrimonio, CUIL/CUIT/CDI, y en las oficinas de la dependencia será escaneada, solicitando además la firma digital.

De esta manera, la declaración de “Bien de Familia”, permite proteger la vivienda familiar y garantizar que no pueda ser ejecutada ni rematada por deudas posteriores a su inscripción, preservando el inmueble frente a cualquier eventualidad.

Este procedimiento, denominado Régimen de Afectación a Vivienda (Ley 14.394), se realiza en conjunto con el Registro Provincial de la Propiedad.

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