La Inspección General de Justicia bajo ataque por favorecer la paridad de género

La Cámara Comercial se pronunció en contra del titular de la IGJ, Ricardo Nissen. Se oponen a la participación igualitaria de mujeres en la conducción de las empresas.

El ataque a las resoluciones de la Inspección General de Justicia (IGJ) que establecieron la paridad y diversidad de género en los órganos de administración y de control de las sociedades comerciales, asociaciones civiles y fundaciones, escaló y alcanzó su punto máximo esta semana cuando la Cámara Comercial en pleno firmó un pronunciamiento para denunciar al titular del organismo, Ricardo Nissen. Le cuestionan no haber acatado un fallo de la sala C, de comienzos de agosto, que invalidó las medidas destinadas a garantizar la participación igualitaria en directorios y áreas de decisión de las empresas y otras formas societarias. Un dato llamativo es que la IGJ había planteado ya que el fuero comercial no es competente para revisar sus resoluciones generales y había pedido la inhibición de esta cámara que, sin embargo, avanzó como si nada, cuando es claro que la cuestión deberá ser resuelta por la Corte Suprema. Pero más allá del laberinto de tribunales –que precisamente opera a menudo para despistar– el resultado es que el poder económico/empresario, manejado por varones y estructuras patriarcales, consiguió un gran aliado en el Poder Judicial para impedir la concreción de derechos establecidos en tratados internacionales con rango constitucional y perpetuar su dominación. Especialistas en derecho comercial y empresarias señalan cómo opera la falta de perspectiva de género en estas decisiones judiciales y sus consecuencias.

Las estadísticas de la propia IGJ mostraban que, hasta la llegada de las resoluciones 24 y 25 en agosto del 2020, por cada cinco varones que dirigían o fiscalizaban empresas o asociaciones civiles, sólo había una mujer en puestos similares. La organización internacional «Mujeres en la Bolsa» registra «por cada consejera, 5,79 consejeros». Lo que se propuso la IGJ fue «promover acciones positivas» para garantizar «la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución» y los tratados internacionales con rango constitucional como la Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, como la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Las resoluciones en disputa establecieron que en los órganos de administración y control de las sociedades comerciales, asociaciones civiles y fundaciones, así como en entidades religiosas debe haber una representación equivalente de mujeres y varones. Si el número es impar debe haber un mínimo de un tercio de integrantes mujeres. A la vez hay el artículo 4 prevé excepciones para quienes demuestren razones fundadas que les impidan cumplir la disposición. «No podemos andar predicando la igualdad de la mujer y no hacer nada cuando estamos en una posición para hacerlo», dijo Nissen, explicó que las mayores quejas no solo fueron del sector empresario sino de las asociaciones civiles, la iglesia evangélica y algunos clubes (ver aparte). Aun así, una mayoría acató las resoluciones.

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El mapa del recorrido judicial permite apreciar la dudosa intervención de la Cámara Comercial, que aceptó meterse por la ventana. En rigor, la primera demanda fue del macrista Yamil Santoro a través de su fundación Apolo, en otro fuero: pidió la inconstitucionalidad de las resoluciones en los tribunales en lo contencioso administrativo. Tanto el fiscal Fabián Canda y como el juez Pablo Cayssials rechazaron el planteo. Ahora está en la Sala IV de la Cámara Contencioso, con dictamen de rechazo de la fiscalía. Con posterioridad se presentaron 7 empresas de colectivos que no quieren acatar la paridad directamente ante la Cámara Comercial para pedir que invalidara las resoluciones. La IGJ sostiene que en el fuero comercial solo se pueden cuestionar las resoluciones dirigidas contra una sociedad en particular, pero no las resoluciones generales como las que aquí están en juego. Sin embargo, ese tribunal igual les admitió el recurso. La IGJ planteó que estos/as camaristas debían inhibirse. Le pidió a un magistrado del fuero contencioso, donde sí podría tramitar ese cuestionamiento, que reclamara el expediente. El juez Martín Cormick le dio la razón al organismo e indicó a la sala C de la Cámara Comercial que debía inhibirse por estar comprometido el Estado Nacional. Ese tribunal le retrucó con un reto. Cormick mandó el conflicto de competencia a la Corte y le avisó en un oficio a las/los camaristas comerciales.

Pese a la notificación que indicaba el conflicto de competencia, el camarista Eduardo Machín y su colega de la sala C Julia Villanueva hicieron oídos sordos, no incorporaron el oficio de Cormick al expediente, y el 9 de agosto último firmaron un fallo para dejar sin efecto las resoluciones. ¿Qué argumentaron?  Acusaron a Nissen y la IGJ de exceder sus facultades y de violar la Ley General de Sociedades porque consideran que habrían alterado los mecanismos para la elegir la integración de sus directorios como quieran, que serían un derecho privado de los accionistas. Sostienen el criterio de la meritocracia: que el parámetro tiene que ser la idoneidad y que si se quiere establecer la equidad debería ser por ley, pero no incluyen en su consideración ni la Constitución ni los pactos internacionales que forman parte de las obligaciones de los Estados parte. Después del fallo, la IGJ publicó una nueva resolución en el Boletín Oficial el 19 de agosto último en la que ratificó la vigencia de las dos cuestionadas y dijo, entre otras cosas, que el fallo de la Cámara había sido «inválido» y «antijurídico», fuera de la legalidad. Promovió, además, un pedido de juicio político contra Machín y Villanueva ante el Consejo de la Magistratura.

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La primera reacción (conservadora) fue una editorial del diario La Nación que celebraba la decisión de la Cámara Comercial  como «un límite a los desbordes de la IGJ», lo que revela –además– un encono con Nissen, que entre otras cosas puso límites a los negocios con las sociedades off shore y las de Acciones Simplificadas. El broche de oro fue una resolución que firmó la Cámara en pleno tras un acuerdo extraordinario, con excepción de Machín y Villanueva y los nuevos camaristas que intervienen, que son Alejandra Noemí Tévez, Ernesto Luchelli y Rafael Barreiro. Los firmantes otra vez acusaron a Nissen de un «inocultable desconocimiento de la autoridades ejercida por los jueces» y dijeron que debe «cumplir con el deber de acatamiento».

Patricia Fernández Andreani es abogada diplomada en Altos Estudios Europeos y Máster en Derecho de la Empresa. Explica que las resoluciones de la IGJ son razonables y acordes a la experiencia en los países del norte europeo. «El imperativo lo tienen Italia, Alemania, Dinamarca, Suecia donde los órganos de administración de las empresas que cotizan en bolsa tienen que tener 30 a 40 % cubierto por mujeres. Se tomó esa decisión porque las simples recomendaciones no se acatan», señala. En un artículo que publicó en La Ley con su colega Ana C. Alonso, analizan y cuestionan el fallo de la Cámara. Advierten que «la IGJ no alteró la Ley General de Sociedades (LGS), porque reglamentar una ley no importa ceñirse a la letra de la norma, sino respetar el espíritu en concordancia con todo el bloque de constitucionalidad», pero además «no se juzgó con perspectiva de género». El tribunal, señalan, consideró «el cuidado de la sociedad destinataria de la gestión, los de sus socios y los de terceros (…) la IGJ se hizo cargo de que el Estado en todas sus representaciones deba equilibrar las desigualdades y combatir la subyugación de la mujer en el ámbito del poder económico promoviendo las medidas a su alcance en pos de lograr la igualdad efectiva». «Es imposible modificar un patrón sociocultural de conductas si a la justicia le pasan inadvertidos los estereotipos sexistas, las condiciones de vulnerabilidad de las mujeres, los roles preadjudicados, las violencias simbólicas y las prácticas abusivas discriminatorias que, no por ser naturalizadas, dejan de ser intolerables», dicen las autoras.

«El sector económico repele esta paridad porque con la amplia disponibilidad de recursos que maneja el patriarcado sigue sometiendo de la misma manera a las mujeres en todo aspecto», suma la abogada especialista en derecho comercial Lucía Spagnolo. Tanto ella como Fernández Andreani ven en la decisión de la Cámara un modo de reproducir esa forma de dominación machista del poder económico. «Argentina desde hace más de 15 años aprobó convenciones que la obligan a dictar medidas positivas para hacer efectiva la igualdad de derechos entre las mujeres y los hombres tanto en los actos de la vida civil como en el ámbito de la vida económica. Recién se dio cumplimiento a esto con las resoluciones de la IGJ, que prevé excepciones. «No es cierto que la IGJ haya violado la ley porque tiene facultades para dar cumplimiento a las convenciones internacionales en pleno plano de igualdad que la constitucional. Esto es un debate zanjado. La Cámara no aplicó ni la perspectiva de género ni la razonabilidad, al margen de su incompetencia», enfatizó Spagnolo.

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Según los datos del Ministerio de Desarrollo Productivo ningún sector tiene una proporción del líderes mujeres superior al 25% y la feminización de un sector no implica más presencia femenina en puestos jerárquicos. En empresas industriales solo el 17,6 % del total de los puestos gerenciales son ocupados por mujeres. Para Paula Basaldúa, coordinadora del gabinete de género del Ministerio de Desarrollo productivo, a veces no alcanzan las herramientas legales para generar cambios y harán falta procesos de reconocimiento de las desigualdades de género y el accionar consecuente para su erradicación», lo que no quita la importancia de las acciones positivas.

María Elena Ghietto es arquitecta, empresaria de la construcción en Santa Fe e integrante de la comisión directiva de la delegación de su provincia de la Cámara de la Construcción ofrece una mirada desde su propia experiencia. «En un comienzo pensé que los límites a la paridad en los cargos dirigenciales, eran una cuestión generacional. En la industria de la construcción vivimos en un ámbito regido por empresas familiares, y no hay lugar más patriarcal que ese. Pensé que cambiaría con las nuevas generaciones pero aclaro con asombro que en el ejercicio de todas estas gestiones de inclusión, me doy cuenta que el problema es que se trata de lugares de poder. En mi especialidad las empresas mas exitosas son las que tienen diversidad de género en sus equipos de trabajo, que propician la integración. Sin embargo, parece que las mujeres estamos mejor vistas para trabajar que para dirigir. Debe haber acciones positivas pero si la justicia no acompaña es un imposible».

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