La Justicia anuló las resoluciones del Gobierno que habían frenado un aumento de cuotas de las prepagas, que habían pedido un incremento de casi un 10%.

El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Pablo Cayssials anuló las resoluciones del Gobierno que habían frenado un aumento de cuotas por parte de las prepagas, aunque aclaró que la Justicia no está en condiciones de definir cuál debería ser el nivel del ajuste.

Las empresas de medicina prepaga habían pedido autorización para aplicar una suba del 9,77% a sus asociados.

De esta forma, el juez hizo lugar parcialmente al amparo presentado por Swiss Medical, OMINT, OSDE, Galeno, Apres, Medicina Esencial, Met Córdoba, Medicus, Medife, Círculo Médico Lomas de Zamora, Hospital Italiano, Instituto Médico Asistencial (IMA), Cooperativa de Provisión de Servicios para Profesionales del Arte de Curar, CEMIC, ACA Salud y Mutual Federada 25 de Junio.

El fallo se conoció en momentos en que circulan versiones de que las prepagas volverán a aumentar sus cuotas entre 7% y 8% a partir de agosto, lo cual podría ser aprobado este mes por el Gobierno, en medio de la pandemia.

El incremento sería parte de un combo que promete incluir, en el corto plazo, el desembolso de un subsidio de $11.400 millones destinado a obras sociales sindicales para compensar el aumento de costos de tratamientos por discapacidad.

El fallo es una resolución que hizo lugar de manera parcial a un pedido formulado a través de un recurso de amparo por parte de una veintena de empresas de salud.

 

En la presentación se había pedido autorización para aplicar un aumento del 9,77% a los asociados.

Si bien sobre este último ajuste la Justicia no se pronunció, sí hizo lugar parcialmente al planteo, y dejó sin efecto las resoluciones 1787/20 (artículo 1º) y 2988/20, del Ministerio de Salud, que habían frenado la posibilidad de aplicar aumentos.

Sobre el nivel que debería tener el aumento, que las prepagas solicitaron que la Justicia avale, el juez le dio la razón al Ministerio de Salud de la Nación.

Sostuvo que no puede la Justicia definir el porcentaje del incremento, «toda vez que de accederse a lo pretendido por las actoras se estarían interfiriendo facultades propias y privativas de otro poder del Estado».

«No corresponde a la judicatura establecer el valor de las cuotas de las Empresas de Medicina Prepaga», dijo el magistrado.

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