En Cipolletti, Río Negro, condenaron a un padre que deberá pagar casi 800 mil pesos en concepto de alimentos atrasados.

Un tribunal de familia de Cipolletti, en la provincia de Río Negro condenó a un padre a pagar en un único desembolso más de 700 mil pesos a su ex pareja y madre de sus hijos en concepto de «alimentos», que venía eludiendo desde hace tiempo.

Según informó el área de Comunicación Judicial del Poder Judicial de Río Negro, el hombre deberá pagar 777.415,71 pesos, equivalentes al 25 por ciento de sus ingresos acumulados, con efecto retroactivo.

El fallo fue dictado por el Juzgado de Familia número 7 de Cipolletti ante una demanda de «alimentos» entablada por la mujer tras la ruptura de la pareja.

A su vez, el tribunal de Familia resolvió la ejecución de la sentencia y aceptó el cálculo de la deuda que efectuó la abogada de la mujer que formuló el reclamo.

La liquidación incluye el concepto de «efecto retroactivo» y las actualizaciones de montos e intereses generados por el paso del tiempo.

Según explicó el sitio oficial del Poder Judicial rionegrino, «los alimentos se deben desde el día de la interposición de la demanda o desde la interpelación al obligado por medio fehaciente, siempre que la demanda se presente dentro de los seis meses de la interpelación».

«La doctrina y jurisprudencia mayoritarias, han entendido que la prescripción de las deudas alimentarias tiene el plazo de dos años. En este caso luego de que la sentencia quedó firme pasaron 15 días entre la liquidación y el recurso del accionado», justificó el fallo el rechazo a la prescripción.

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La información del sitio rionegrino no precisa la modalidad de la ejecución de la sentencia, ni tampoco especifica los plazos en que debe ser cumplida.

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