En el marco del Plan Estratégico en Materia de Seguridad Vial que lleva adelante el gobierno municipal, se promueve de manera permanente la educación vial mediante un conjunto de acciones y mecanismos que garantizan el buen funcionamiento de la circulación del tránsito.
La Ley Nacional de Tránsito 24.449 indica en su Artículo 43 sobre Giros y Rotondas que para realizar un giro debe respetarse la señalización y observar reglas tales como advertir la maniobra con suficiente antelación, mediante la señal luminosa correspondiente que se mantendrá hasta la salida de la encrucijada.
A su vez, destaca la importancia de circular desde treinta metros antes por el costado más próximo al giro a efectuar, reduciendo la velocidad paulatinamente, girando a una marcha moderada y, reforzando con la señal manual cuando el giro se realice para ingresar en una vía de poca importancia o en un predio frentista.
Si se trata de una rotonda, la circulación a su alrededor será ininterrumpida sin detenciones, dejando la zona central no transitable de la misma, a la izquierda.
Es de vital importancia recordar que tiene prioridad de paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar, debiendo cederla al que egresa, salvo señalización en contrario.