Unas 24 actividades deberán informar precios y stocks de sus productos en el Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica.

El Gobierno dio a conocer cúales serán las primeras actividades económicas que deberán informar detalles sobre precios, costos y existencias, en el marco del recientemente creado Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (SIPRE).

El listado comprende 24 actividades, entre sectores de comercio e industria que deberán brindar al SIPRE la información requerida sobre precios y stocks.

Entre las actividades figuran preparación de frutas, hortalizas y legumbres; elaboración de aceites y grasas de origen vegetal; de productos lácteos; de productos de molinería, almidones y derivados del almidón, de productos alimenticios; y de alimentos preparados para animales.

También son parte la elaboración de bebidas; la fabricación de papel y de productos de papel; deproductos minerales no metálicos; de vidrio y productos de vidrio; de equipos y productos informáticos; de equipos de comunicaciones y transmisores de radio y televisión.

Integran el listado las industrias básicas de hierro y acero; y las de fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video, y productos conexos; de aparatos de uso doméstico; y de muebles y colchones.

Además, son parte los sectores de venta al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco, y de artículos de uso doméstico y personal; y los de comercialización al por menor en comercios no especializados, y de productos alimenticios, bebidas y tabaco en comercios especializados.

Asimismo, figuran la fabricación de insecticidas, plaguicidas y productos químicos de uso agropecuario; de preparados para limpieza, pulido y saneamiento; de jabones y detergentes; y de cosméticos, perfumes y productos de higiene y tocador.

 

DETALLES DE LA MEDIDA

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La Secretaría de Comercio Interior definió así parte del circuito cuya información permitirá mantener actualizadas las políticas de reactivación económica.

La medida quedó vigente este viernes través de la disposición 4/2021 de la Subsecretaría de Políticas para el Mercado Interno, publicada en el Boletín Oficial, que también aprobó el procedimiento para el suministro de la información requerida por el SIPRE.

La subcategoría del producto y su respectivo Código EAN (de barras), o en caso de no corresponder, un código equivalente interno del mismo incluyendo marca, modelo, presentación y unidad de medida también forman parte de la información a recabar para mayor dinamismo del flamante sistema

Las empresas de distintas actividades deberán informar acerca de los productos con destino industrial, de comercialización mayorista y minorista, según corresponda.

La nueva disposición establece que las empresas proveedoras de insumos o bienes finales, productoras, distribuidoras o comercializadoras, deberán informar los precios, cantidades producidas y vendidas y stock disponible de la totalidad de sus productos, de forma unitaria, sea cual fuere el destino.

A su vez, las empresas deberán informar acerca de los productos con destino industrial, de comercialización mayorista y minorista, según corresponda.

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