Los vecinos que sean detectados arrojando residuos en la vía pública, sobre los bulevares o junto a los contenedores, podrán recibir multas de entre 900 y 9 mil pesos, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 del Código Contravencional (de 5 a 50 módulos municipales).

El compromiso de toda la comunidad es fundamental para mantener la limpieza del espacio urbano y evitar la aparición de focos infecciosos.

Los contenedores ubicados en las esquinas sólo deben utilizarse para depositar residuos domiciliarios, en bolsas cerradas, de lunes a sábados de 18 a 20 hs.

El mal uso implica encontrar en los contendedores escombros, restos de poda y hasta desechos de comercios y locales gastronómicos. Tampoco deben depositarse elementos en el suelo o la vereda.

No deben arrojarse elementos como cascotes, metales, maderas, restos de poda, etc. Los contenedores no son aptos para estos residuos y pueden dañar el equipo recolector.

Asimismo, se establece que por desembalar mercadería en la vía pública o disponer de los residuos domiciliarios residenciales o no residenciales fuera de la normativa vigente y por arrojar aguas servidas, desperdicios, enseres domésticos en baldíos, casas abandonadas y otros espacios las sanciones serán de 1.800 y 18.000 pesos (10 a 100 módulos).

Por otra parte, los cestos de la zona céntrica y del camino de circunvalación deben utilizarse para pequeños residuos y no para colocar bolsas y otros elementos.

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