Estaba pautado una suba del 7 por ciento
La normativa, ahora derogada, establecía que se autorizaba a todas las empresas inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) “un incremento respecto de los valores retributivos de las prestaciones médico-asistenciales brindadas a sus beneficiarios y usuarios por los prestadores de un 7 por ciento con relación a los valores vigentes, y que podría ser aplicado a partir del 1 de febrero”.
Este aumento era complementario y acumulativo de aquel que había sido aprobado a partir del 1 diciembre, por un 10 por ciento.
El Ministerio de Salud había reconocido que las entidades representativas del sector expresaron su preocupación por el estado crítico en que se encuentran la mayoría de los prestadores, que defendieron la necesidad de incrementar los valores retributivos que perciben por las prestaciones que brindan.
El sector de la medicina privada ya había recibido diferentes beneficios por parte del Gobierno para llevar adelante su actividad durante la pandemia de coronavirus. Uno de estos fue la inclusión de las empresas de salud en el Programa ATP, que permitió absorber el pago de una parte de los salarios de sus empleados.
Otra medida fue el decreto 300/2020, implementado en el inicio de la pandemia, que benefició a los “empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud”. Gracias a esta normativa, que estuvo vigente hasta fines de noviembre, las empresas estuvieron eximidas del pago de contribuciones patronales y pagaron una alícuota menor del impuesto a los débitos y créditos bancarios, conocido como “impuesto al cheque”.