El Senado sancionó el proyecto que modifica el Régimen Federal de Pesca para actualizar los montos de las multas contras las embarcaciones que realicen actividades ilegales y, en el caso de los barcos extranjeros, carga sobre los propietarios todos los gastos de la actividad de control. La aprobación de la norma, que tenía media sanción de Diputados, ocurrió sin la presencia del bloque de Juntos por el Cambio, que se retiró de la sesión.  

«El Atlántico Sur es el último caladero y con pesca masiva del mundo. Por eso vienen a pescar acá. Los buques extranjeros tienen el apoyo ilegítimo e ilegal de las autoridades británicas que usurpan territorio argentino en las Islas Malvinas», sentenció el senador Jorge Taiana al defender el voto del bloque oficialista. 

La norma -que había conseguido media sanción en la Cámara baja en otra sesión en la que Juntos por el Cambio se ausentó y prometió impugnar judicialmente- modifica el artículo 54 de la ley original para para precisar que, en el caso de embarcaciones extranjeras, los gastos en los que incurran los organismos actuantes en la órbita del Sector Público Nacional correrán por cuenta de su propietario.

La iniciativa sustituyó además la denominación «Dirección Nacional de Pesca y Acuicultura» por la de «Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera». «Estamos defendiendo la soberanía argentina sobre nuestras aguas jurisdiccionales. Se trata de una cuestión de Estado», valoró el senador puntano y presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Senado, Adolfo Rodríguez Saá.

El senador por San Luis agregó que «la pesca ilegal significan entre mil y dos mil millones de dólares anuales de pérdida para la Argentina» y que «tiene más significación que la exportación de carne de vaca».

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El proyecto incorpora un artículo para establecer que las multas serán calculadas en unidades de valor denominadas Unidades Pesca (UP), equivalentes al precio de un litro de combustible gasoil de más alta denominación que se venda en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La multa mínima será de 1000 UP y la máxima de 300.000 UP. 

En el caso de que la infracción sea la de pescar sin autorización de captura, carecer de una cuota individual de captura o pescar en zona de veda, la sanción mínima no podrá ser inferior a 3000 UP. Mientras que cuando se trate violaciones por pescar sin permiso, la multa mínima no podrá ser inferior a 500.000 UP y la máxima de 3.000.000 UP.

El Gobierno determinará el valor en moneda de curso legal de las UP semestralmente, sobre la base del precio de venta final al público del gasoil grado dos o el que eventualmente lo sustituya, de acuerdo con la información de la Secretaría de Energía, considerando el de mayor valor registrado en las bocas de expendio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El proyecto también remarca que las UP se convertirán en moneda de curso legal al momento en que el presunto infractor se allane a la imputación efectuada o al momento del pago total de la multa impuesta por resolución firme.

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