A 22 años años de su quiebra, la causa por el vaciamiento del Banco Mayo continúa deambulando por los tribunales. Ahora, la Cámara Federal de Casación anuló la absolución al ex titular de la DAIA Rubén Beraja por el delito de asociación ilícita y ordenó dictar un nuevo veredicto.

La Cámara de Casación ratificó la prescripción de otros delitos por los que Beraja y los exdirectivos del Banco Mayo fueron juzgados, pero anuló la decisión del Tribunal Oral Federal 3 que, el año pasado, los absolvió por asociación ilícita, y dispuso que se dicte un nuevo fallo «con la celeridad que el caso impone». 

En votos separados, los jueces Javier Carbajo y Gustavo Hornos coincidieron al valorar que los acusados habrían conformado una asociación ilícita para defraudar a inversores y ahorristas de la entidad que comandaba Beraja y que el Tribunal no había fundamentado debidamente las razones por las cuales dictó la absolución. 

Por su parte, Hornos sostuvo además que correspondería condenar a Beraja como supuesto jefe de esta asociación ilícita porque «fue quien no sólo condujo los hilos del entramado lícito de la citada entidad bancaria, sino que comandaba la organización ilícita que se montó en su seno y que funcionó a expensas de ésta, dentro de la que tuvo en todo momento el poder real de toda la estructura».

La causa penal se inició en noviembre de 1998, un mes después de que el Banco Mayo quebrara. La acusación fue por el vaciamiento de la entidad, con una deuda de 500 millones de dólares. Durante el juicio oral, el fiscal a cargo de la causa, Fernando Arrigo, pidió siete años de cárcel para Beraja y la restitución de 298 millones de dólares al Estado nacional. Finalmente, el 16 de julio del 2019, el TOF 3 absolvió a todos los acusados, decisión que fue apelada por el fiscal Arrigo y por la querella del Banco Central. Ahora, tras el fallo de Casación, el caso será enviado nuevamente al Tribunal Oral para que sea allí donde se dicte un nuevo veredicto.

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