Falsamente rotulado

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta y comercialización de un aceite de oliva por estar falsamente rotulado.

A través de la Disposición 6188/2020, publicada este lunes en el Boletín Oficial, se comunicó la prohibición de venta y comercialización del aceite de oliva, con sus diferentes opciones, marca «La mía terra».

«Que los productos infringen el artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6° bis, 13, 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por ser productos falsamente rotulados que utilizan los registros sanitarios de otra razón social dados de baja en el año 2014, resultando ser en consecuencia productos ilegales», se informó en el Boletín Oficial.

Asimismo, se emitió un comunicado alertando a la población y «recomienda a quienes hayan adquirido los productos investigados que se abstenga de consumirlos, y que todo expendedor que tenga los productos entre su stock, se abstenga de comercializarlos».

Por esos motivos, se dispuso la prohibición de la «comercialización en todo el territorio nacional de los productos: ‘Aceite de oliva Clásico’, ‘Aceite de oliva Clásico saborizado con Ajo’ y ‘Aceite de oliva Clásico saborizado con Tomillo’, todos de la marca ‘La mia terra’, por ser productos falsamente rotulados que utilizan los registros sanitarios de otra razón social dados de baja en el año 2014, resultando ser en consecuencia producto ilegales».

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