La resolución intenta evitar la propagación del coronavirus en la pequeña localidad patagónica, donde se reportaron dos muertes y cerca de 40 casos positivos. 

El gobierno de la provincia de Neuquén, conducido por Omar Gutiérrez, ordenó este jueves el aislamiento total de Loncopué, un pueblo ubicado a 250 kilómetros de la capital provincial donde se produjeron dos muertes por COVID-19 y más de 40 infectados.

«La dinámica de la emergencia sanitaria por el Coronavirus en Loncopué, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio, nos demanda la necesidad de establecer mayores limitaciones de circulación para cuidarnos entre todos y todas», argumentó el funcionario.

En las últimas horas, los medios de comunicación locales comenzaron a hacer circular los alcances de esta drástica medida. Entre ellas, se conoció la imposibilidad para salir a realizar compras de aprovisionamiento hasta el día 14 de abril, por parte de los ciudadanos de la localidad patagónica.

Las 15 medidas del pueblo «blindado» 

  • Prohibición absoluta de circulación peatonal y/o motora (vehículo automotor de cualquier tipo, bicicletas y movilidad tracción a sangre), a partir de mañana viernes a las 14 hasta el martes 14 de abril a las 9.
  • A partir del martes 14 de abril la franja horaria de circulación de personas para aprovisionamiento de mercadería, alimentos e insumos será desde las 9 hasta las 17, debiéndose realizar los mencionados por una persona por grupo familiar.
  • Los vehículos particulares podrán circular con una persona por unidad, la cual deberá tener menos de 60 años. En ningún caso se permitirá la circulación con menores de edad, salvo que la misma tenga relación con una emergencia sanitaria.
El gobernador de Neuquén, Omar Gutiérrez (Gobierno de Neuquén)
  • Además, se estableció la prohibición del ingreso/egreso de personas a viviendas, chacras y todo espacio con el fin de reuniones y/o encuentros sociales/familiares que impliquen la aglomeración de personas en un mismo espacio físico.
  • También se determinó el cierre preventivo y provisorio de toda arteria con acceso directo a la ruta provincial N° 21 y/o aquellos accesos alternativos a la localidad, mediante vallas o cintas de seguridad, dejando un acceso libre de circulación interna de vehículos afectados a la contingencia, como ambulancias, policía y de servicios municipales.
  • Se determinó la prohibición de la apertura de locales comerciales desde mañana a partir de las 13 y hasta el martes 14 de abril a las 10, fijándose a partir de allí y hasta el jueves 23 de abril como horario de atención de los comercios de 10 a 16.
  • Los comercios de hasta 50 metros cuadrados sólo podrán permitir el ingreso de hasta dos personas por vez. Las grandes superficies comerciales no podrán permitir el ingreso de personas en el caso de que el factor de ocupación haya alcanzado el 50 por ciento del ideal del local comercial. Asimismo, deberá considerarse para aquellas personas que aguarden su ingreso una distancia de dos metros, garantizando el distanciamiento social. Los locales comerciales deberán disponer una mampara con material acrílico, plástico o nylon trasparente de manera que entre el cliente y el cajero cumplan con el distanciamiento obligatorio.
El pueblo visto desde arriba.
  • En ningún caso, mientras dure la prohibición de circulación interna en el ejido urbano de la localidad podrán ingresar camiones de abastecimiento a las calles internas. Como medida excepcional el traslado de los comerciantes se realizará con un permiso especial otorgado por autoridad municipal, pudiendo efectuarse en vehículos particulares, los cuales deberán aproximarse hasta el retén de control en el ingreso a la localidad, a los efectos de realizar el trasbordo de mercaderías para provisión y abastecimiento de los locales comerciales.
  • Hasta el 23 de abril a las 12 está prohibido el ingreso y egreso de personas a la localidad con o sin domicilio en ella; a excepción de casos que ameriten su aprobación por autoridad competente: a) derivaciones a centros asistenciales de mayor complejidad; b) personal de las fuerzas de seguridad; b) proveedores de abastecimiento y servicios, particulares en tránsito a las localidades de El Huecú, Caviahue-Copahue, Chorriaca y Las Lajas y parajes zonas rurales instituyéndose para dichos casos “excepcionales” un protocolo de control sanitario.
  • Se resolvió el cierre y fajado de los espacios públicos, entre ellos parques, plazas, predios deportivos y espacios recreativos. También se limitó, de manera excepcional y extraordinaria, el ingreso y egreso al ejido urbano de Loncopué hasta el jueves 23 de abril a las 12 a toda persona que no posea domicilio en la localidad.
Aumenta el temor la provincia.
  • Se acordó la conformación de tres retenes de control, los que deberán situarse a una distancia aproximada de por lo menos un kilómetro de los accesos al ejido urbano de la localidad sobre ruta provincial 21.
  • En los casos de abastecimiento y/o prestación de servicios que resulten indispensables para la localidad deberán ser recibidos en el control retén de la localidad (salvo aquellos casos relacionados con el sistema sanitario), estableciéndose allí el punto de encuentro y recepción donde se procederá a la desinfección y trasbordo de la mercadería o elementos de que se trate, incluido el servicio de gas envasado, cuyos envases de salida deberán ser debidamente desinfectados previos a su manipulación en los retenes.
  • Se prohibió la circulación de vehículos particulares por calles internas del ejido urbano sean o no de la localidad, a excepción de aquellos que prestan servicios esenciales o del personal de seguridad y/o salud.
  • Quedarán exceptuadas de las prohibiciones mencionadas las personas que por motivos de salud deban concurrir a centros asistenciales, farmacias y veterinarias o por motivos de seguridad a la comisaría.
  • A los efectos de dar cabal cumplimiento a las presentes medidas se conformará en los accesos al ejido urbano de la localidad un control retén, en el cual establecerán su base personal de Gendarmería, Policía Provincial y/o seguridad vial; quienes ante la detección de un incumplimiento podrán anoticiar a la justicia penal a efectos de evaluar la pertinencia del inicio de acciones en función de la posible comisión de los delitos previstos en los Artículos 205 y 239 del Código Penal.
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