La sanción para quienes no cumplan va de $1800 a $180000. Así lo establece el Código Contravencional local (Ordenanza 5457/20) y busca minimizar la cantidad de residuos diarios y evitar su acumulación en la vía pública.

De esta manera, se reitera a los vecinos respetar el horario de 18 a 20 hs para el depósito de bolsas cerradas dentro de los contenedores y limitar la cantidad de residuos, para evitar generar focos de infección y mantener la ciudad limpia y ordenada.

Asimismo se hace saber a la comunidad que la desobediencia y la violación de medidas oficiales configuran un delito.

El artículo 239 del Código Penal establece que: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal”

Asimismo, el artículo 205 del Código Penal establece que: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para medir la introducción o propagación de una epidemia”.

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