La Justicia confirmó la condena de 7 años de prisión por haber abusado sexualmente de una embarazada, cuando la víctima concurrió a atenderse al centro asistencial de La Boca. Ocurrió en 2011

La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la condena a siete años de prisión para un camillero del Hospital Argerich, que abusó sexualmente de una mujer embarazada, en momentos en que había concurrido a atenderse en ese centro asistencial del barrio porteño de La Boca. El imputado había sido sentenciado, en primera instancia, pero su defensa apeló el fallo, que ahora resultó ratificado.

El 10 de febrero de 2011, la víctima fue hasta el hospital Argerich para realizarse un estudio debido a una posible complicación que estaba atravesando en su embarazo de siete meses de gestación y mientras la mujer buscaba el consultorio al que debía ir, se topó con este sujeto, al que identificó como personal del lugar por la ropa que llevaba puesto, quien se ofreció a acompañarla. En esas circunstancias, ella le dijo que no se sentía bien y el camillero la llevó hasta un ascensor, cerró la puerta y comenzó a manosearla. Si bien la joven le pidió que no siguiera con ese abuso, el acusado insistió, la tomó de sus brazos y de manera violenta, la forzó a mantener relaciones sexuales.

Por el caso, en diciembre de 2016, el Tribunal Oral Criminal y Correccional Nro. 18 decidió condenarlo a este sujeto por el delito de «abuso sexual con acceso carnal», destacándose que «la denunciante, lejos de mostrarse ejerciendo una pueril venganza, sostuvo su relato de modo firme y sin variar sustancialmente sus dichos a lo largo del tiempo y se prestó para diversos estudios clínicos, psicológicos y psiquiátricos».

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Además, ante los planteos de la defensa, la víctima resaltó que le dijo a su agresor «no quería mantener nada» y que, entonces, el acusado ejerció fuerza al punto de causarle moretones. Para los jueces de primera instancia, el imputado «se aprovechó de la situación de confianza que podía generar en la mujer su condición de empleado del hospital en el que ella se encontraba extraviada y también de la vulnerabilidad en la que estaba debido a su avanzado embarazo».

El abogado del imputado recurrió la sentencia y cuestionó el relato de la mujer. Y ahora, de acuerdo a lo consignado por el sitio Fiscales.gob.arCasación, con los votos de los camaristas Daniel Morin y Horacio Días, se hizo hincapié en que el Tribunal fundó adecuadamente la falta de consentimiento de la víctima. Se resaltó que la mujer explicó que no pudo gritar ni intentar escaparse debido al shock que le produjo la situación y tuvieron en cuenta que había sido abusada anteriormente, así como también la «evidente diferencia de fuerza y tamaño corporal entre ella y el imputado».

En tal sentido, recordaron que el informe que confección la psicóloga del Cuerpo Médico Forense, donde se explicaban las características de la personalidad de la mujer y el informe realizado por la médica legista de la Policía Federal Argentina que dio cuenta de las lesiones que presentaba. «No sólo hubo una falta de consentimiento expreso, sino que también se probó que el acusado ejerció fuerza física sobre el cuerpo de la damnificada», se indicó.

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