Se aguarda que la Corte Suprema de la Nación resuelva con el mismo criterio la demanda de Santa Fe y ordene a Macri cancelar la deuda con la provincia que triplica la de San Luis. Sólo resta determinar el monto final de la deuda.

Si el fallo de la Corte Suprema de la Nación a favor de San Luis es un  golpe al gobierno de Mauricio Macri en un año de elecciones, el que sigue, también a favor de Santa Fe, será el segundo. Es que las dos provincias le ganaron al Estado nacional el juicio por el descuento indebido del 15 de la coparticipación el mismo día, el 24 de noviembre de 2015. Desde entonces, Macri se las arregló para incumplir ambas condenas durante estos tres años y dos meses. Pero ayer, se anticipó que la Corte ya determinó el monto de la deuda que reclama San Luis, los intereses a aplicar (la tasa pasiva del Banco Nación) y ordenó a la Casa Rosada que le devuelva al gobierno de Alberto Rodríguez Sáa lo que le debe: 15.000 millones de pesos. El adelanto generó gran expectativa en la Casa Gris, donde ahora se aguarda que la Corte resuelva con el mismo criterio la demanda de Santa Fe y ordene a Macri cancelar la deuda con la provincia que triplica la de San Luis porque supera los 50.000 millones de pesos. «Esperamos que la Nación cumpla un fallo que ya es cosa juzgada», dijo el fiscal de Estado Pablo Saccone. «¿Si estoy contento?  Cuando la Nación pague y llegue la plata, ahí sí vamos a estar contentos porque hasta ahora sólo tenemos papelitos», planteó.

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Irina Hauser informó que el fallo de la Corte que determinó la deuda de San Luis y ordenó ejecutar la sentencia lleva la firma de los dos ministros santafesinos: Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti y de su colega Juan Carlos Maqueda. Un «tridente que la Casa Rosada llama ‘mayoría peronista’ y que últimamente no le trae las mejores noticias». Sin embargo, la resolución está en línea con la condena de noviembre de 2015, cuando la Corte declaró «inconstitucional» el descuento indebido a Santa Fe y San Luis del 15 por ciento de la masa coparticipable (para financiar la Anses) porque ambas provincias habían impugnado la quita y ordenó al Estado nacional devolverle los  fondos retenidos desde el 1 de enero de 2006. Los dos fallos son idénticos y los firmaron dos de los ministros de esa mayoría que ahora se descalifica, Lorenzetti y Maqueda, más el ex decano Carlos Fayt.

Las sentencias son clarísimas. Ordenan «devolver a las provincias la suma retenida indebidamente desde el 1° de enero de 2006 más los intereses que correspondan. A fin de hacer efectiva la condena, la Corte fijó un plazo de 120 días para que las partes acuerden la forma y plazos en que el Estado Nacional reintegrará las sumas debidas a las provincias, con la advertencia de que, en caso de incumplimiento, la determinará el Tribunal en la etapa de ejecución de sentencia». Y eso fue lo que pasó. Como Macri incumplió el fallo durante más de tres años, San Luis y después Santa Fe, pidieron que se cumpla la condena. El gobernador Miguel Lifschitz presentó el escrito ante la Corte el 28 de noviembre de 2018.

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«Ahora, después del fallo de San Luis, esperamos que la Corte resuelva el caso de Santa Fe con el mismo criterio», dijo el fiscal de Estado, Pablo Saccone. «La expectativa es que aplique las mismas pautas. Las dos causas son iguales, tuvieron fallos similares (el 24 de noviembre de 2015) y sólo resta determinar el monto de la deuda».

-Uno de los temas en debate era la tasa de interés.

-Exactamente, se estaban discutiendo el monto de los intereses. Ahora vamos a ver lo que dice la Corte -contestó Saccone. Santa Fe reclamaba, igual que San Luis, la tasa activa del Banco Nación, pero el fallo aplica la tasa pasiva.

-¿Está contento?

-Esperamos que la Nación pague en algún momento, ahí sí vamos a estar contentos, cuando venga la plata porque hasta ahora sólo tenemos papelitos -ironizó.

Los criterios que estableció la Corte para determinar la deuda son:

*Corresponde aplicar la tasa pasiva del Banco Central, es decir, no se hizo lugar al pedido de San Luis (que también era el de Santa Fe) que se aplique la tasa activa del Banco Nación para amortiguar la pérdida de valor de la moneda.

*Los intereses no se capitalizan.

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